SIN INFORMACION

MÉNDEZ AMAYA SEBASTIÁN DAVID Y OTRO/POLICÍA DE INVESTGACIONES DE CHILE - SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA

Rol

Fecha

30 de septiembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: Primero: Que comparece Ernesto Manríquez Mendoza, abogado, e interpone recurso de amparo en favor de Sebastián David Méndez Amaya y Fabián Alejandro Méndez Amaya, venezolanos, en contra de la actuación arbitraria e ilegal cometida por la Jefatura Nacional de Migraciones y Policía Internacional de la Policía de Investigaciones de Chile, debido a la emisión de información incorrecta que ocasionó un grave perjuicio a los derechos de los amparados, ambos infantes de 2 y 6 años de edad, conforme los siguientes antecedentes. Invoca que los padres de los niños amparados, Danitza Carolina Amaya Guevara, y José David Méndez González, venezolanos, postularon en 2019 a Visa de Responsabilidad Democrática, siendo reabierto su proceso por sentencias judiciales que originaron que el 18 de junio de 2022 se estamparan las correspondientes visas en sus pasaportes por el Consulado de Chile en Caracas. Que, en razón de que el artículo 28 de la Ley de Migración y Extranjería es claro en cuanto establece que “Los niños, niñas y adolescentes extranjeros deberán ingresar al país acompañados por su padre, madre, guardador o persona encargada del cuidado personal del menor de 18 años, o con autorización escrita de uno de ellos, del tribunal o la autoridad competente, según corresponda”; y que el artículo 41 de la ya citada ley dispone que “en el caso de los niños, niñas y adolescentes, los permisos de residencia o permanencia y sus respectivas prórrogas deberán ser solicitados por el padre, madre, guardador o persona encargada de su cuidado personal”, añadiendo en su inciso 2º que “A los niños, niñas y adolescentes que soliciten permiso de residencia temporal se les otorgará la misma de forma inmediata y con plena vigencia, independientemente de la situación migratoria del padre, madre, guardador o persona encargada de su cuidado personal.” En base a este conocimiento, los amparados y sus padres compraron cuatro boletos de avión por la aerolínea Copa Airlines, con trayecto Barcelo

Fallo

Por estas consideraciones y atendido, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza el recurso deducido en favor de Sebastián David Méndez Amaya y Fabián Alejandro Méndez Amaya. Regístrese y, oportunamente, archívese. N°Amparo-3635-2022.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, treinta de septiembre de dos mil veintidós. A los escritos folios 10 y 11: a lo principal y segundo otrosí, téngase presente. Al primer otrosí, a sus antecedentes. Vistos: Primero: Que comparece Ernesto Manríquez Mendoza, abogado, e interpone recurso de amparo en favor de Sebastián David Méndez Amaya y Fabián Alejandro Méndez Amaya, venezolanos, en contra de la actuaci

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