SIN INFORMACION

GENOA FONDO DE INVERSIÓN PRIVADO/5° JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO (LTE) A LA VISTA I.C. N° 12714-2022

Rol

Fecha

30 de septiembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTOS: Primero: Que comparecen Raimundo Labarca Baeza y Alejandro Parodi Tabak, abogados, en representación de Genoa Fondo De Inversión Privado, en relación con los autos seguidos ante el 5° Juzgado Civil de Santiago, bajo el Rol N° C-10.308-2020, e ingresados en apelación ante esta Corte de Apelaciones de Santiago bajo el Rol Nº 12.714-2022 (Civil); y deducen recurso de hecho en contra de la resolución de fecha 10 de agosto de 2022, que concedió el recurso de apelación deducido por la parte demandada, en contra de la resolución de fecha 24 de junio del año en curso. Invocan como antecedentes del recurso que, en primera instancia, su parte solicitó la exhibición parcial de la contabilidad de la demandada, diligencia probatoria que el tribunal a quo concedió “con citación”. Que, haciendo uso de la citación conferida, el Banco Santander se opuso a la práctica de la mencionada diligencia probatoria, oposición que fue desestimada mediante resolución de fecha 24 de junio de 2022, reponiendo su contraparte de reposición, y de manera subsidiaria, apelación. Con fecha 10 de agosto de 2022, el tribunal de primer grado rechazó la reposición y concedió la apelación subsidiaria, la que debió haber sido declarada inadmisible, en razón de que, las resoluciones judiciales que disponen la práctica de una diligencia probatoria –cuyo es el caso– son inapelables, cualquiera sea su naturaleza, conforme el artículo 326, inciso 2º, del Código de Procedimiento Civil. Segundo: Que, atendido lo previsto en el inciso segundo del artículo 326 del Código de Procedimiento Civil, son inapelables las resoluciones que dispone la práctica de alguna diligencia probatoria, por lo que al encontrarse la resolución recurrida exceptuada, conforme texto expreso del artículo citado precedentemente, el juez a quo ha incurrido en un error al conceder el recurso de apelación subsidiario en contra de la resolución que negó lugar a la oposición de exhibición decretada, por lo que esta Corte acogerá el recu

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo previsto en el artículo 201 del Código de Procedimiento Civil, se acoge el recurso de hecho interpuesto por la parte demandante en contra de la resolución de 10 de agosto del presente año, de los autos rol C-10.308-2020 del Quinto Juzgado Civil de Santiago, que concedió el recurso de apelación subsidiario presentado en contra de la resolución de veinticuatro de junio de 2022, y en consecuencia se declara inadmisible el recurso de apelación deducido subsidiariamente por la demandada. Regístrese, notifíquese, agréguese copia autorizada de la presente resolución a los autos rol 12.714-2022 del ingreso civil de esta Corte y archívese en su oportunidad. N°Civil-12808-2022.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, treinta de septiembre de dos mil veintidós. VISTOS: Primero: Que comparecen Raimundo Labarca Baeza y Alejandro Parodi Tabak, abogados, en representación de Genoa Fondo De Inversión Privado, en relación con los autos seguidos ante el 5° Juzgado Civil de Santiago, bajo el Rol N° C-10.308-2020, e ingresados en apelación ante esta Corte de Apelaciones de Santiago bajo el Ro

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