1º JUZGADO DE LETRAS DE COYHAIQUE

ESTEBAN GUIC Y COMPAÑÍA LTDA./SEPÚLVEDA

Rol

Fecha

30 de septiembre de 2022

Materia

CHEQUE, NOTIFICACIÓN PROTESTO

Resultado

DEVUÉLVASE

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Hechos

visto lo dispuesto en el inciso 2° del artículo 775, del Código de Procedimiento Civil, DEVUÉLVANSE estos autos al Tribunal de origen, a objeto que el Juez que corresponda se pronuncie sobre el punto omitido, ordenando reelevarlos en su oportunidad. Suspéndase, intertanto, el estado de acuerdo. Rol N° 141-2022 (Civil).

Texto Completo (Preview)

Coyhaique, treinta de septiembre de dos mil veintidós. Con la cuenta del señor Relator, advirtiéndose que en la resolución apelada de fecha 9 de junio de 2022, se omitió pronunciamiento sobre la pretensión de la parte ejecutada, planteada en el primer otrosí de la presentación de Folio 2, del cuaderno de Incidente General, de fecha 17 de mayo de 2022, sobre rectificación del monto adeudado, y vis

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