SIN INFORMACION

CARBALLEIRA/DEPARTAMENTO DE EXTRANJERIA Y MIGRACION

Rol

Fecha

30 de septiembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: Con fecha 2 de junio del presente año, se deduce acción Constitucional de protección en favor de Yoel Antonio Carballeira Riveron, cédula de identidad Nº 27.427.088-8, domiciliado para estos efectos en calle El sauzal Nº 23, comuna de Placilla, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión del acto que pone fin al procedimiento administrativo de regularización migratoria extraordinaria. Funda su recurso, en que el recurrente de viaje a su país natal el día 1 de marzo del presente año, por situaciones familiares, al momento de realizar el viaje, se encontraba en una situación regular respecto al estado migratorio, y siempre con el ánimo de ejercer derechos civiles y residencia en Chile, en el mes de agosto del año 2021, presentó solicitud de visa, por medio de la Regularización Extraordinaria, señalada en el artículo 8° transitorio de la ley Nº 21.325, remitiendo los antecedentes a la autoridad migratoria, lo que tendría una vigencia de 6 meses de acuerdo al artículo 27 de la Ley 19.880, y en consecuencia, se encontraría vencida. Añade que además no se pueden ver los avances en línea de la solicitud ni solicitar ampliación de la misma. Señala que esta situación les produce vulneración y menoscabo, ya que se encuentra en Cuba, y comienza su viaje de retorno a Chile, si bien no existe documento de ampliación de la solicitud, el sólo cuenta con la cédula Chilena vencida, Pasaporte, Resolución Exenta y solicitud de Visa por la Regularización extraordinaria que ya superaron los 6 meses de vigencia, entonces tiene dificultad para regresar, ya que la resolución final de tal tramitación no le ha llegado. Alega, que el actuar de la recurrida vulnera garantías constitucionales, como la igualdad ante la ley, Derecho a la vida e integridad física y psíquica de la persona y la libertad de trabajo, e infringe los principios contenidos en la Ley N°19.880, así como tratados internacionales en materia de migración. Finalizan solicitando que se acoja su ac

Fundamentos

considerando que la recurrente ya ha obtenido lo pretendido, por lo que ninguna medida de protección podría adoptarse y, así las cosas, la acción deducida no puede prosperar, por haber perdido oportunidad.

Fallo

Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, y Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre tramitación y fallo del Recurso de Protección, se rechaza, sin costas, por haber perdido oportunidad el recurso de protección deducido en favor de Yoel Antonio Carballeira Riveron. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Se deja constancia que esta sentencia no reúne los presupuestos para ser anonimizada de acuerdo a lo dispuesto en el Acta 44-2020 de la Excma. Corte Suprema. Rol Ingreso Corte N°9039-2022 Protección.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Rancagua. Rancagua, treinta de septiembre de dos mil veintidós. VISTOS: Con fecha 2 de junio del presente año, se deduce acción Constitucional de protección en favor de Yoel Antonio Carballeira Riveron, cédula de identidad Nº 27.427.088-8, domiciliado para estos efectos en calle El sauzal Nº 23, comuna de Placilla, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión del acto q

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