OSORIO/MUÑOZ
Rol
Fecha
4 de octubre de 2022
Materia
PRECARIO, INC. 2º ART. 2.195 C.C
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que conforme lo dispone el artículo 686 del Código de Procedimiento Civil, a propósito del procedimiento sumario, la prueba, cuando haya lugar a ella, se rendirá en el plazo y en la forma establecida para los incidentes. Por su parte, el inciso final del artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, establece que las resoluciones que se pronuncien con ocasión de recibirse un incidente a prueba son inapelables, siendo ésta una norma de carácter especial, razón por la cual se declara inadmisible el recurso de apelación deducido con fecha doce de septiembre del año en curso contra la resolución dictada el día ocho del mismo mes, y concedido con fecha catorce de septiembre de los corrientes. Al folio N°3, estese a lo resuelto. Devuélvase. N°Civil-14.140-2.022.
Fallo
se declara inadmisible el recurso de apelación deducido con fecha doce de septiembre del año en curso contra la resolución dictada el día ocho del mismo mes, y concedido con fecha catorce de septiembre de los corrientes. Al folio N°3, estese a lo resuelto. Devuélvase. N°Civil-14.140-2.022.
Texto Completo (Preview)
cmos C.A. de Santiago Santiago, cuatro de octubre de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: Que conforme lo dispone el artículo 686 del Código de Procedimiento Civil, a propósito del procedimiento sumario, la prueba, cuando haya lugar a ella, se rendirá en el plazo y en la forma establecida para los incidentes. Por su parte, el inciso final del artículo 90 del Código de Procedimiento Civ
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica