VILCHES CESPEDES JESSICA DEL CARMEN/SERVICIO DE REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACIÓN - JEFATURA NACIONAL DE MIGRACIONES Y POLICIA INTERNACIONAL DEPENDIENTE DE LA POLICÍA DE INVESTIGACIONES DE CHILE - 34° JUZGADO DEL CRIMEN DE SANTIAGO
Rol
Fecha
29 de septiembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y
Fundamentos
considerando: Primero: Comparece don Oscar Vargas Fuentes, abogado, e interpuso acción de amparo constitucional en favor de doña Jessica Vilches Céspedes, y en contra del Director Regional de General de Servicio Nacional de Registro Civil e Identificación y del Jefe del Departamento de Extranjería de la Policía de Investigaciones de Chile, en razón de la retención del pasaporte de la amparada. Refiere que la amparada concurrió las oficinas regionales del Servicio de Registro Civil e Identificación para obtener su pasaporte y que pese a las reiteradas insistencias en orden a que le sea entregado, personal del servicio se excusó aduciendo una supuesta orden de arraigo informada por el Departamento de Extranjería de la Policía Civil, sin indicar causa ni tribunal a que harían referencia dichas medidas. Señala que si bien cuenta con anotaciones prontuariales, todas las causas se encuentran afinadas y sin medadas cautelares, por lo que a la fecha no presenta ningún problema para salir del país. Concluye que la negativa de entrega por parte del Registro Civil e Identificación importa una ilegalidad dado que se funda en una orden de arraigo que no existe, y no pudiendo desplazarse libremente al tener retenido su pasaporte. Solicita se ordene la entrega del pasaporte de la amparada. Segundo: Comparece en nombre de la Prefectura de Migraciones y Policía Internacional Metropolitana, doña Ximena Belmar Gallardo, Prefecta, quien expuso que al ser consultada la amparada en el Sistema de Gestión Policial GEPOL no registra órdenes de detención pendiente, arraigos ni arrestos vigentes en su contra. Tercero: Informando por el Servicio Nacional de Registro Civil e Identificación, compareció doña Mónica Huerta Valderrama, Subdirectora Jurídica de dicho servicio, quien expuso que la amparada registra una solicitud de pasaporte de 08 de noviembre de 2018, la que no ha sido acogida mientras la recurrente no aclare su situación prontuarial ante el Servicio, debiendo remitir antecedentes de causa rol 2328-2000 seguida ante el 34º Juzgado del Crimen de Santiago, por delito de tráfico de estupefacientes, debiendo indicar cuántos tomos tiene la causa y en cuántos de ellos se encuentra procesada, condenada y cumplida; debiendo aclarar, además, si la resolución de fecha 28 de abril de 2016, en la cual indica que la rebaja a una unidad tributaria, se refiere a la pena corporal, la de multa o las dos. En su defecto, en caso de no contar con la referida documentación, deberá solicitar la autorización del tribunal que la autorice para salir del país o para obtener o renovar el pasaporte a través de documentos originales o debidamente autorizados. Hace presente que, conforme el artículo 12 del Decreto Supremo 1010 de 1989, el Servicio debe requerir información a Policía de Investigaciones para efectos de otorgar un pasaporte, sobre la existencia de impedimentos policiales o judiciales, informando la Policía que la recurrente no mantiene impedimentos policiales. Añade que
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo establecido en los artículos 19 n° 7 letra a) y 21 de la Constitución Política, y el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Amparo, se acoge, el recurso de amparo constitucional deducido a favor de doña Jessica Vilches Céspedes, ordenándose al Servicio Nacional de Registro Civil e Identificación hacer entrega del pasaporte a la amparada. Acordada con el voto en contra de la Abogada Integrante señora Sandra Ponce de León Salucci, quien estuvo por rechazar el recurso, atendido que estima que carece de oportunidad, al tenor de lo informado por el señor Juez Subrogante del 34º Juzgado del Crimen de Santiago. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Amparo-3589-2022. En Santiago, veintinueve de septiembre de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
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C.A. de Santiago Santiago, veintinueve de septiembre de dos mil veintidós. Vistos y considerando: Primero: Comparece don Oscar Vargas Fuentes, abogado, e interpuso acción de amparo constitucional en favor de doña Jessica Vilches Céspedes, y en contra del Director Regional de General de Servicio Nacional de Registro Civil e Identificación y del Jefe del Departamento de Extranjería de la Policía de
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