SIN INFORMACION

ORASMA/DEPARTAMENTO DE EXTRANJERÍA Y MIGRACIÓN

Rol

Fecha

27 de septiembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece don Claudio Quiroga Hinojosa, abogado, quien interpone recurso de protección en nombre y a favor de don Franklin Eduardo Orasma Useche, de nacionalidad venezolana, en contra del Departamento de Extranjería y Migración, por la ilegal y arbitraria omisión de pronunciamiento sobre la solicitud de permanencia definitiva presentada el 09 de octubre de 2019, afectando los derechos garantizados en el artículo 19 en sus números 2 y 3 de la Constitución Política de la República, es decir, igualdad ante la ley y el debido proceso. Indica que con fecha 06 de julio de 2020 se le notifica que su solicitud se encontraba incompleta o insuficiente, otorgándole un plazo, lo que dio oportuno cumplimiento. Explicita que hasta el día de hoy el recurrente no ha sido notificada bajo las formalidades que la ley exige para conocer de su solicitud de permanencia y que esta omisión de la recurrida le ha traído graves perjuicios de poder optar a mejores condiciones laborales, créditos, becas, y muchos otros beneficios a los que se ha visto impedido de manera forzosa. Refiere latamente a la reglamentación de la tramitación de permanencia definitiva. Sostiene que la intervención de la Administración a través del Departamento de Extranjería y Migración debe ceñirse en su actuación a los principios de celeridad, inexcusabilidad, conclusivo, contrariedad, y economía procedimental. Cita los artículos 4, 7, 11, 14, 16, 17 a), 27 y 41 de la referida Ley N° 19.880. Asevera que la recurrida ha infringido la garantía constitucional de igualdad ante la ley, dándole al recurrente un trato desigual con respecto a otros solicitantes, a los que encontrándose en iguales circunstancias o incluso menos favorables les fue otorgada la permanencia definitiva, mientras que a la recurrente aún no se ha realizado la respuesta ante su solicitud y a su vez, dicho actuar constituye una privación, perturbación o amenaza del legítimo ejercicio de un derecho fundame

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se acoge, sin costas, la acción de protección deducida en favor de Franklin Eduardo Orasma Useche, en contra del Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, hoy Servicio Nacional de Migraciones, disponiéndose que resuelva la solicitud de permanencia definitiva de la recurrente dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde la fecha de esta sentencia. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Protección-1044-2022 En Santiago, a veintisiete de septiembre de dos mil veintidós, notifiqué por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintisiete de septiembre de dos mil veintidós. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece don Claudio Quiroga Hinojosa, abogado, quien interpone recurso de protección en nombre y a favor de don Franklin Eduardo Orasma Useche, de nacionalidad venezolana, en contra del Departamento de Extranjería y Migración, por la ilegal y arbitraria omisión de pronunciamiento

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