SIN INFORMACION

WESTERMEIER/CORPORACIÓN ADMINISTRATIVA DEL PODER JUDICIAL

Rol

Fecha

27 de septiembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: Doña Fernanda Hilda Westermeier Lafuente, Abogada, Administrativa jefa Titular del Juzgado de Letras de Mariquina, grado XIII del Escalafón de Empleados del Poder Judicial, con ingreso a la Institución en julio del 2007, interpone acción de protección en contra de la Corporación Administrativa del Poder Judicial, representada legalmente por su Director, don Ricardo Guzmán Sanza, por haber incurrido, ésta en un acto arbitrario e ilegal al habérsele comunicado el 7 de julio de 2022, respecto del concurso al cual postuló, que “No Avanza”; lo que infringe las Bases Generales para proveer cargos en el Poder Judicial, Acta N°485 de fecha 31 de julio de 2013, el Acta 105-2021 de fecha 28 de abril de 2021, el Código Orgánico de Tribunales y las Bases Específicas para Concursos Externos, vulnerando mi garantía constitucional del artículo 19 N°2, de la Constitución Política de la República. Señala que el acto arbitrario e ilegal antes referido, se produjo en el contexto del concurso N°15172, para proveer el cargo de jefe (A) De Unidad De Administración De Causas Y Sala del Juzgado de Letras de Mariquina, habiendo sido declarada admisible su oposición a dicho cargo, con fecha 05 de julio de 2022, procedió a rendir prueba de conocimientos el día 07 de julio. El 8 de julio se le informa, por correo electrónico que el puntaje obtenido es de 9 puntos, e igualmente se le informa que el puntaje de la evaluación curricular es ponderado en 9 puntos. Ante ello procede a impugnar el puntaje mediante correo electrónico de 10 de julio enviado a postulaciones@pjud.cl al no tener acceso a la plataforma. El 11 de julio recepcionó correo electrónico de Portal RHRedrh_contacto@pjud.cl en el cual le indican que a partir de ese momento y por un plazo de 3 días corridos, se realizará la etapa de Impugnación u Observaciones del concurso al que postula, concurso 15172, procediendo a ingresar la impugnación, siendo informada el 14 de julio, que fue rechazada, por cuanto, su cargo pertenece

Fundamentos

considerando lo dispuesto en la misma ACTA 105-2021 artículo DECIMOTERCERO. La ponderación., precisando al efecto que ingresó como suplente el año 2007 al Juzgado De Familia De Osorno. En el año 2012 como suplente al Juzgado De Letras De Mariquina, manteniéndose en forma permanente – no consecutiva – hasta el 2014. Nuevamente en febrero del año 2017, ingresó al Tribunal de Mariquina, a realizar suplencias, manteniéndose en dicha calidad funciones hasta marzo del año 2019, logrando la titularidad. Agrega que, desde fines del año 2017 ha ejercido labores como Administrativo Jefe –tanto de la Unidad De Causas como de Público Y Sala - lo cual, no se refleja en su hoja de vida en el ítem de CARGOS TEMPORALES SERVIDOS, por lo que lo acredita a través de las declaraciones de funcionarios que ejercen o ejercían funciones en dichos años en el Juzgado De Letras De Mariquina Pide que se le evalúe de acuerdo con la escala diferenciada, otorgándole, si bien no el máximo, ya que, no ha ejercido cargo de jefatura ininterrumpidamente desde el 2017, si apelo a una ponderación de 20 puntos, siguiendo la evaluación estatuida en las Bases del Concurso o de considerar y acoger lo expuesto en el PUNTO N° 10, se le otorgue, según lo dispuesto en el Acta 485-2013 un total curricular de 80% o lo que estime pertinente. En el caso que ello sea descartado por la asignación del puntaje total en consideración a lo establecido en el acta 485-2013, y resuelva establecer como parámetro, de la ponderación curricular, las bases del concurso, entre ella sus establece ITEMS, FACTORES O SUBFACTORES, solicito que en el ítem Experiencia en Jefatura en el cual se le asignaron por Subdepartamento Reclutamiento 0 puntos argumentando que: De acuerdo a las bases, se considera experiencia posterior a titulación. Si bien su juramento lo realizo el 7 de enero de este año, sin embargo, como se verifica en las bases del concurso, en este ítem, no se especifica que esta EXPERIENCIA sea posterior a la titulación, sólo indica que se contabilizan los últimos 10 años,

Fallo

por tanto, tendrían preferencia para integrar la terna uno o dos funcionarios de la categoría inmediatamente inferior Es del caso, que no existe sexta categoría dentro de la Tercera Serie del Escalafón Secundario, por tanto, esta norma tratándose del cargo en cuestión quedaría sin aplicación, y sólo podría tener sentido si homologamos la categoría inmediatamente inferior, a los funcionarios del escalafón de empleados, por cuanto, como indico, la Tercera Serie, termina en la Categoría Quinta. En este mismo sentido, resulta del todo ilógico, que la misma Corporación Administrativa Del Poder Judicial, en la pauta de evaluación curricular de los postulantes “Internos” establece puntajes más altos a los funcionarios de la categoría inmediatamente inferior, la cual, reitero, no existe tratándose de este cargo en particular. Además, según las pautas de evaluación de los postulantes “Externos” se indica que los funcionarios del escalafón de empleados serán evaluados en consideración a lo establecido en el acta N°485 de fecha 31 de julio de 2013, la cual establece una evaluación diferenciada para los mismos funcionarios. Así, la asignación de puntajes – que varían entre 100% y 80 % del TOTAL CURRICULAR – se instituyen en atención al cargo que ostenta el funcionario postulante. Pudiendo observarse que dicha Acta, actualmente vigente, y que se indica como normativa referente por la misma Corporación Administrativa Del Poder Judicial para ponderar la evaluación curricular de los postul

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valdivia Valdivia, veintisiete de septiembre de dos mil veintidós. VISTOS: Doña Fernanda Hilda Westermeier Lafuente, Abogada, Administrativa jefa Titular del Juzgado de Letras de Mariquina, grado XIII del Escalafón de Empleados del Poder Judicial, con ingreso a la Institución en julio del 2007, interpone acción de protección en contra de la Corporación Administrativa del Poder Judicial, r

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