SIN INFORMACION

RIVERA/NAREA

Rol

Fecha

28 de septiembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto y

Fundamentos

considerando: 1°) Que no se describen hechos que puedan constituir una vulneración de garantías constitucionales protegibles a través del recurso de protección, ya que la cuestión sometida a conocimiento de esta Corte escapa a su naturaleza cautelar, pues dice relación con un cuasicontrato de comunidad, con la legalidad de una asamblea de copropietarios y con la nulidad de una modificación del reglamento de copropiedad que rige las relaciones entre aquellos , cuestiones de naturaleza civil y declarativa que deben ser planteadas ante la jurisdicción ordinaria que corresponda. 2°) Que, por otro lado, si bien se impugna la legalidad de la asamblea de copropietarios, no se advierte cuál es el agravio que causa a los actores la modificación del reglamento acordada en aquella, lo que confirma que no existe una vulneración de garantías protegible por esta vía, al no existir un derecho comprometido en la decisión cuestionada. 3°) Que, por último, la circunstancia de haberse declarado incompetente el respectivo Juzgado de Policía Local no implica que no haya otro juzgado que pueda conocer de la materia, pues siendo aquella de naturaleza civil, puede plantearse ante el órgano jurisdiccional competente, de acuerdo a los artículos 108 y siguientes del Código Orgánico de Tribunales, más todavía si el artículo 76 de la Constitución Política de la República y 10 del Código Orgánico de Tribunales contemplan el principio de inexcusabilidad. No es la acción de protección un sustituto de la acción civil que proceda de conformidad a la ley.

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en el numeral 2 del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, se declara inadmisible el recurso de protección. Notifíquese y, en su oportunidad, archívese. N°Protección-131197-2022. En Valparaíso, veintisiete de septiembre de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

Foja: 0 Cero C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintiocho de septiembre de dos mil veintidós. Proveyendo folio N°1, “Ingreso recurso”: A todo: Visto y considerando: 1°) Que no se describen hechos que puedan constituir una vulneración de garantías constitucionales protegibles a través del recurso de protección, ya que la cuestión sometida a conocimiento de esta Corte escapa a su naturaleza cautelar, p

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