JUZGADO DE GARANTIA DE GRANEROS

SERGIO HERNAN MEDEL ACOSTA C/ SANTIAGO AQUILES GARATE ESPINOZA Y OTROS

Rol

Fecha

27 de septiembre de 2022

Materia

INJURIA (ACCION PRIVADA). ART. 416 AL 420.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: Que, tal como lo sostiene el juez a quo, en la especie no es posible reprochar al querellante una inactividad por más de treinta días, pues si bien es cierto que desde la interposición de la querella a la fecha de la notificación de la misma, transcurrió más de ese plazo, lo cierto es que en el tiempo intermedio realizó actuaciones útiles tendientes a dar curso progresivo al proceso, como la presentación de fecha 15 de julio de 2022, por la cual retira la querella respecto de tres querellados, actuación que desde luego contribuye a circunscribir la persecución penal y que, por lo demás, resultaba necesaria para materializar el debido emplazamiento de los que, en definitiva, resultan querellados. Por lo anterior y lo dispuesto en los artículos 253 y 402 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de veintiséis de agosto de dos mil veintidós, dictada por el Juzgado de Garantía de Graneros, en causa RIT 1376-2022. Comuníquese y devuélvase. Rol Corte 1205-2022.Penal.-

Texto Completo (Preview)

C.A. de Rancagua Rancagua, veintisiete de septiembre de dos mil veintidós. Vistos: Que, tal como lo sostiene el juez a quo, en la especie no es posible reprochar al querellante una inactividad por más de treinta días, pues si bien es cierto que desde la interposición de la querella a la fecha de la notificación de la misma, transcurrió más de ese plazo, lo cierto es que en el tiempo intermedio re

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