MP C/ GONZALO PATRICIO VERGARA MATTA
Rol
Fecha
27 de septiembre de 2022
Materia
TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto: Que, en esta carpeta virtual, Rit 117-2022, Rol IC 1862-2022, seguida ante el Tribunal Oral en lo Penal, de la ciudad de Viña del Mar, se han deducido recursos de nulidad por las defensas de los condenados Miguel Enrique Lobos Bruna, Marcia del Tránsito Raimil Véliz y Gonzalo Patricio Vergara Matta, en contra de la sentencia dictada con fecha tres de agosto de dos mil veintidós, en virtud de la cual se condenó a los acusados; Miguel Enrique Lobos Bruna, como autor del delito de tráfico ilícito de estupefacientes del artículo 3º, en relación al artículo 1° de la Ley 20.000, cometido por él en grado de consumado, el día 27 de septiembre de 2020, en Viña del Mar, a la pena de trece años de presidio mayor en su grado medio, accesoria legal de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena; y al pago de una multa de doscientas (200) unidades tributarias mensuales, que podrá cancelar en parcialidades, mensualmente, en doce cuotas iguales y sucesivas, a favor del fondo especial del Ministerio del Interior a que se refiere el artículo 46, inciso 2º, de la Ley 20.000. II.- Que, se condena a Marcia Del Tránsito Raimil Véliz, como autora del delito de tráfico ilícito de estupefacientes del artículo 3º, en relación al artículo 1° de la Ley 20.000, cometido por ella en grado de consumado, el día 27 de septiembre de 2020, en Viña del Mar, a la pena de siete (7) años de presidio mayor en su grado medio, accesoria legal de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena; y al pago de una multa de cien (100) unidades tributarias mensuales, que podrá cancelar en parcialidades, mensualmente, en doce cuotas iguales y sucesivas, a favor del fondo especial del Ministerio del Interior a que se refiere el artículo 46, inciso 2º, de la Ley 20.000 y, III.- Que, se condena a Gonza
Fundamentos
considerando: Primero: Que la defensa del condenado Gonzalo Vergara Matta, deduce recurso de nulidad invocando la causal del literal b) del articulo 373 del Código Procesal Penal, esto es infracción de ley, en relación con el número 9 del artículo 11 del Código punitivo, vicio que hace consistir, en que los argumentos del tribunal a quo para desestimar la minorante de responsabilidad penal de “colaboración sustancial al esclarecimiento de los hechos son contrarios a la correcta interpretación de la norma legal infringida, por cuanto en su concepto, el elemento “sustancialidad” que señala la norma no requiere la concreción de un resultado penalmente relevante como erróneamente lo sostiene el
Fallo
fallo parcialmente, y se dicte la sentencia de reemplazo, en la cual se condene a su representado a la pena de 5 años y un día de presidio mayor en su grado mínimo, multa de 40 UTM, y accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y para cargos y oficios públicos durante el tiempo de condena. A su turno, don Manuel Alejandro Tapia Vásquez, defensor penal privado, en representación de la condenada Marcia del Transito Raimil Veliz, interpone recurso de nulidad invocando la causal prevista en el literal b) del artículo 373 del Código Procesal Penal, en relación con el artículo 11 numeral 9 del Código Penal, solicitando se anule la sentencia, dictándose la de reemplazo, en virtud de la cual, por favorecerle dos circunstancias atenuantes , se rebaje la pena en dos grados, aplicando una pena de 3 años y un día de presidio menor en su grado medio, disponiendo la suspensión de la pena corporal y la aplicación de la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva, con un periodo de observación equivalente al tiempo de la condena. Con lo relacionado y considerando: Primero: Que la defensa del condenado Gonzalo Vergara Matta, deduce recurso de nulidad invocando la causal del literal b) del articulo 373 del Código Procesal Penal, esto es infracción de ley, en relación con el número 9 del artículo 11 del Código punitivo, vicio que hace consistir, en que los argumentos del tribunal a quo para desestimar la minorante de responsabilidad penal de “colaboració
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Jbl C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintisiete de septiembre de dos mil veintidós. Visto: Que, en esta carpeta virtual, Rit 117-2022, Rol IC 1862-2022, seguida ante el Tribunal Oral en lo Penal, de la ciudad de Viña del Mar, se han deducido recursos de nulidad por las defensas de los condenados Miguel Enrique Lobos Bruna, Marcia del Tránsito Raimil Véliz y Gonzalo Patricio Vergara Matta, en contr
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