SIN INFORMACION

TORRES/DEPARTAMENTO DE EXTRANJERIA Y MIGRACIÓN

Rol

Fecha

27 de septiembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Visto y teniendo presente: Primero: Que, comparece Sergio Aburto Mayorga, abogado, en favor de Maylin Torres Escalona, de nacionalidad cubana, e interpone Acción de Protección de garantías constitucionales en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión ilegal y arbitraria consistente en la falta de pronunciamiento respecto de su solicitud de permanencia definitiva, presentada con fecha 22 de febrero de 2021, por conculcar dicha omisión el derecho fundamental de igualdad ante la ley, conforme lo preceptuado en el artículo 19 número 2 de la Constitución Política de la República. En cuanto a los hechos, afirma que solicitó permanencia definitiva en la fecha señalada, lo que consta en la solicitud N° 19720529, sin que haya sido resuelta por el Servicio Nacional de Migraciones. Añade que en la página web del recurrido se indica que el avance del beneficio migratorio es de un 49%. En cuanto a la ilegalidad y arbitrariedad, señala que ésta se produce por la omisión del recurrido en la respuesta de la solicitud de permanencia definitiva. Pide se decrete que la recurrida ordene a un funcionario del Servicio revisar en qué estado de análisis está la solicitud, acompañando todos los antecedentes que digan relación con el caso de marras, especialmente la orden de pago del beneficio asociado a la solicitud, si es que esta se encontrara ya emitida. Segundo: Que con fecha 27 de mayo de 2022, se prescindió del informe del Servicio Nacional de Migraciones. Sin embargo, compareció con fecha 7 de junio del presente, pidiendo rechazo de la acción por improcedente, al no existir acto u omisión de la autoridad que pueda ser calificado de arbitrario o ilegal, toda vez que la solicitud se encuentra actualmente en tramitación. Indica que con fecha 22 de febrero de 2021, la extranjera solicitó permiso de permanencia definitiva y contra la presentación se emitió comprobante de permiso en trámite. Explica que mediante Resolución Exenta N° 21358475 de 7 de diciembre de 2021,

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre la materia, se acoge, sin costas, el recurso de protección deducido, solo en cuanto la autoridad recurrida deberá pronunciarse fundadamente sobre la solitud de permanencia definitiva de Maylin Torres Escalona, dentro del plazo de 60 días contados desde que esta sentencia adquiera el carácter de firme. Regístrese, comuníquese y en su oportunidad archívese. N° Protección 2057-2022.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintisiete de septiembre de dos mil veintidós. Al folio 18: téngase presente. Visto y teniendo presente: Primero: Que, comparece Sergio Aburto Mayorga, abogado, en favor de Maylin Torres Escalona, de nacionalidad cubana, e interpone Acción de Protección de garantías constitucionales en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión ilegal y arbitraria consi

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