JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE CONCEPCION

SAUL OMAR OLAVE RIQUELME Y OTROS CON SERVICIOS DE OBRAS CIVILES Y CONSTRUCCION M Y P SPA Y OTROS

Rol

Fecha

26 de septiembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA/ACOGIDA, SIN COSTAS

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Hechos

VISTOS: En la presente causa, RIT O-1224-2021, RUC 21-4-0367058-5, Rol Corte N° 362-2022, proveniente del Juzgado del Trabajo de Concepción, caratulada “OLAVE Y OTROS CON SERVICIOS DE OBRAS CIVILES Y OTROS”, se ha dictado sentencia con fecha 05 de mayo de 2022, en virtud de la cual, en lo pertinente, se acoge la demanda presentada por los actores José Armando Medina Tapia, Carlos Alberto Godoy Navarrete, Luis Roberto Puentes Burgos, Diego Alejandro Opazo Vera, Michael Jean Pierre Acuña Bustos, Bruno Ignacio Muñoz Inostroza, Cristóbal Francisco Javier Suazo Briones, Julio Enrique Bravo Aburto, Kevin Fernando Ulloa Aflores., Agustín Alberto Cabezas Buglioni, Carla Andrea Gacitúa Escobar, Yerca Elizabeth Belmar Sáez, Cesar Gastón Ruiz Muñoz y Saúl Omar Olave Riquelme, en contra del ex empleador SERVICIOS DE OBRAS CIVILES Y CONSTRUCCION M Y P SPA, representada legalmente por don Roberto Medina Campos Paz, solo en cuanto se declara que el despido de que fueron objeto los demandantes es injustificado, condenando al demandado al pago de las prestaciones, que dispone, para cada uno de los actores. Asimismo se acoge la demanda en contra CONSTRUCTORA JOSE MIGUEL GARCIA Y CIA LTDA, representada legalmente por don José Miguel García Echevarri, debiendo ésta responder de las prestaciones precedentemente señaladas de forma solidaria. Se acoge igualmente la demanda deducida en contra de SERVIU REGION DEL BIO BIO, representada legalmente por su Director, don Samuel Domínguez López debiendo responder de forma subsidiaria respecto de las prestaciones a las que fue condenada la demandada principal. En contra de la mencionada sentencia recurren la parte demandante y la parte demandada de CONSTRUCTORA JOSÉ MIGUEL GARCÍA Y CÍA LTDA. Primeramente la demandante, quien, en síntesis, lo funda en la causal de nulidad contemplada en el artículo 477 del Código del Trabajo, esto es infracción de ley que ha influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo, en relación al artículo 162 inci

Fundamentos

CONSIDERANDO: Primero: Que el recurso de nulidad constituye un medio de impugnación procesal de carácter extraordinario y de derecho estricto, en que los agravios que produce el

Fallo

se declara que el despido de que fueron objeto los demandantes es injustificado, condenando al demandado al pago de las prestaciones, que dispone, para cada uno de los actores. Asimismo se acoge la demanda en contra CONSTRUCTORA JOSE MIGUEL GARCIA Y CIA LTDA, representada legalmente por don José Miguel García Echevarri, debiendo ésta responder de las prestaciones precedentemente señaladas de forma solidaria. Se acoge igualmente la demanda deducida en contra de SERVIU REGION DEL BIO BIO, representada legalmente por su Director, don Samuel Domínguez López debiendo responder de forma subsidiaria respecto de las prestaciones a las que fue condenada la demandada principal. En contra de la mencionada sentencia recurren la parte demandante y la parte demandada de CONSTRUCTORA JOSÉ MIGUEL GARCÍA Y CÍA LTDA. Primeramente la demandante, quien, en síntesis, lo funda en la causal de nulidad contemplada en el artículo 477 del Código del Trabajo, esto es infracción de ley que ha influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo, en relación al artículo 162 inciso 6 y 7 del Código del Trabajo. En razón de ello, pide la nulidad de la sentencia impugnada en la parte que tiene por convalidado el despido de los actores, dictando sentencia de reemplazo que declare nulo el despido de los demandantes y se ordene el pago de las remuneraciones demandadas, hasta la fecha que el demandado acredite la convalidación del mismo, de conformidad al artículo 162 inciso 6 y 7, del Código del Trabajo, c

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C.A. de Concepción Concepción, veintiséis de septiembre de dos mil veintidós. VISTOS: En la presente causa, RIT O-1224-2021, RUC 21-4-0367058-5, Rol Corte N° 362-2022, proveniente del Juzgado del Trabajo de Concepción, caratulada “OLAVE Y OTROS CON SERVICIOS DE OBRAS CIVILES Y OTROS”, se ha dictado sentencia con fecha 05 de mayo de 2022, en virtud de la cual, en lo pertinente, se acoge la demanda

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