JEADELINE NERON / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
26 de septiembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que el 10 de agosto de 2022, comparece don Jorge Lena Salgado, abogado, en favor de doña Jeadeline Neron, haitiana, domiciliada en León Prado N° 588, comuna de San Miguel, interponiendo recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión de pronunciamiento respecto de su solicitud de permanencia definitiva. Indica que solicitó la permanencia definitiva el 29 de junio de 2021, hace más de un año, solicitud que no ha sido resuelta. Expresa que la omisión arbitraria e ilegal por parte de la recurrida se refleja en el excesivo tiempo de tramitación para dar respuesta de solicitud en comento, habiendo transcurrido hasta la fecha de interposición del recurso más de un año, lo cual afecta los derechos constitucionales de la recurrente, en específico el derecho a la igualdad ante la ley, al transgredir el principio de celeridad que rige a los organismos de la Administración del Estado. Solicita que se ordene a la recurrida que se pronuncie sobre la misma, adoptando las providencias que sean necesarias para establecer el imperio del derecho. Segundo: Que informa la recurrida indicando que doña Jeadeline Neron, ingresó al territorio nacional el de manera irregular, por paso no habilitado. Que el 25 de abril de 2018, la extranjera solicitó regularizar su situación migratoria en virtud del proceso extraordinario dispuesto por la autoridad en aquel año. Que por Resolución Exenta N° 320.626 de 5 de octubre de 2018, se regularizó la permanencia de la extranjera en el país y se le otorgó visa temporaria por un año, con vigencia hasta el 26 de diciembre de 2019. Que el 5 de diciembre de 2019, la extranjera solicitó por primera vez el beneficio de permanencia definitiva. Que el 29 de septiembre de 2020 se le comunicó a la recurrente que su solicitud estaba incompleta, otorgándole un plazo de cinco días hábiles para subsanar, en conformidad al artículo 31 de la Ley 19.880. Que, la recurrente no subsanó dentro de
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San Miguel, veintiséis de septiembre de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: Primero: Que el 10 de agosto de 2022, comparece don Jorge Lena Salgado, abogado, en favor de doña Jeadeline Neron, haitiana, domiciliada en León Prado N° 588, comuna de San Miguel, interponiendo recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión de pronunciamiento respecto de s
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