ANONIMIZADO
Rol
Fecha
26 de septiembre de 2022
Materia
DIVORCIO POR CULPA
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto: Atendido el mérito de los antecedentes y teniendo en especial consideración que la actora recibió el pago de las cuotas atrasadas que autorizan el ejercicio de la cláusula de aceleración acordada, consecuencialmente, no hay mora ni simple retardo en el pago de las mismas y de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 67 de la Ley N° 19.968 y 145 del Código de Procedimiento Civil, SE REVOCA la resolución apelada de uno de agosto de dos mil veintidós, dictada en la carpeta virtual RIT C-379-2021 del Juzgado de Letras y Familia de Molina, sin costas del recurso, por ende, se la deja sin efecto y, en su lugar, se declara...
Fallo
se declara...
Texto Completo (Preview)
C.A. de Talca Talca, veintiséis de septiembre de dos mil veintidós. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes y teniendo en especial consideración que la actora recibió el pago de las cuotas atrasadas que autorizan el ejercicio de la cláusula de aceleración acordada, consecuencialmente, no hay mora ni simple retardo en el pago de las mismas y de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 67 de la
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