JORGE BASILIO MONJES CONTRERAS CONTRA JOSE ADAN CAMPOS AGURTO Y OTROS
Rol
Fecha
26 de septiembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ABANDONADO RECURSO
Hechos
VISTOS: Atendida la incomparecencia del abogado recurrente y lo establecido en el artículo 358, inciso segundo del Código Procesal Penal, se declara abandonado el recurso de nulidad interpuesto por Manuel Jerez Díaz, abogado, por la parte querellante, en contra de la sentencia de diez de agosto de dos mil veintidós, dictada por el Juzgado de Garantía de Talcahuano, en la causa RIT 432-2022, RUC 2210011553-4, del ingreso de dicho tribunal. Regístrese y devuélvase. Redacción de la ministra interina Antonella Farfarello Galletti. N°Penal-885-2022.
Fallo
se declara abandonado el recurso de nulidad interpuesto por Manuel Jerez Díaz, abogado, por la parte querellante, en contra de la sentencia de diez de agosto de dos mil veintidós, dictada por el Juzgado de Garantía de Talcahuano, en la causa RIT 432-2022, RUC 2210011553-4, del ingreso de dicho tribunal. Regístrese y devuélvase. Redacción de la ministra interina Antonella Farfarello Galletti. N°Penal-885-2022.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción MRE/mfmm Concepción, veintiséis de septiembre de dos mil veintidós. VISTOS: Atendida la incomparecencia del abogado recurrente y lo establecido en el artículo 358, inciso segundo del Código Procesal Penal, se declara abandonado el recurso de nulidad interpuesto por Manuel Jerez Díaz, abogado, por la parte querellante, en contra de la sentencia de diez de agosto de dos mil veinti
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