JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE BULNES

MP C/ DAMIAN ANDRES VILLALOBOS CONTRERAS

Rol

Fecha

26 de septiembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto y teniendo únicamente presente, que la necesidad de cautela, en tanto medida de última ratio, y que no puede tener el carácter de pena anticipada, puede satisfacerse con otras de menor intensidad y

Fundamentos

considerando además la etapa procesal de la investigación, y visto lo dispuesto en los artículos 358 y 360 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada de fecha diecinueve de septiembre del año en curso, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Damián Andrés Villalobos Contreras y en su lugar

Fallo

se decide que no se da lugar a ella, imponiéndose en cambio, las de arresto domiciliario nocturno, arraigo nacional y prohibición de acercarse a la víctima. Téngase por notificados a los intervinientes presentes en la audiencia, sin perjuicio de su notificación por el estado diario. Comuníquese y devuélvase inmediatamente. R.I.C.: 407 - 2022 Penal.

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C.A. Chillán. - ACT/Cpr Chillán, veintiséis de septiembre de dos mil veintidós. Visto y teniendo únicamente presente, que la necesidad de cautela, en tanto medida de última ratio, y que no puede tener el carácter de pena anticipada, puede satisfacerse con otras de menor intensidad y considerando además la etapa procesal de la investigación, y visto lo dispuesto en los artículos 358 y 360 del Códig

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