SIN INFORMACION

MARITZA CELMIRA ESCOVEDO MORA CONTRA GENDARMERIA DE CHILE.-

Rol

Fecha

24 de septiembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos  Que a folio 1 comparece MARITZA ESCOBEDO VARAS cédula nacional de identidad 12.713.777-3 con domicilio en calle Biofita 582, quien interpuso recurso de amparo en favor de MAYROL CASTILLO ESCOBEDO cédula de identidad número 19.366.174-2 y en contra de GENDARMERIA DE CHILE UNIDAD PENAL VALDIVIA   En cuanto a los hechos señala la recurrente que su hijo el amparado se encontraba cumpliendo condena en el recinto penitenciario de Alto Bonito en esta ciudad, lugar en el cual es agredido y apuñado en las cercanías de su pulmón, motivo por el cual fue trasladado al penal de Valdivia, encontrándose actualmente hospitalizado en el hospital de dicha ciudad. Sostiene que el amparado corre riesgo vital, toda vez que se encuentra amenazado de muerte. Pide que sea trasladado a Osorno a objeto de resguardar su integridad. Que a folio 3 se tuvo por interpuesto el recurso. Que a folio 8 la recurrida evacua informe señalando al efecto que el interno condenado MAYRON NICOLAS CASTILLO ESCOVEDO, se encuentra en prisión en causa RUC N° 2001287209-8, por el delito de robo intimidación, condenado por el Juzgado de Garantía de Puerto Montt. El amparado cuenta con una ficha de clasificación de Alto compromiso delictual, con un puntaje de 128 de un total de 171.  Hace presente que mediante Parte Denuncia a la Fiscalía Local de Valdivia de fecha 06.09.2022, se informa lo siguiente: "que el día de hoy siendo las 17:23 horas, mientras la población penal se encontraba desencerrada, personal de la sala de vigilancia informa que se estaba realizando una agresión a internos en el comedor del módulo N° 52, por lo que concurre en forma inmediata personal disponible, percatándose que los internos MAYRON NICOLAS CASTILLO ESCOVEDO C.1. N° 19.366.174-2, CESAR ADOLFO MERY ABURTO C.I. N° 16.584.271-5 y DIEGO ESTEBAN CIFUENTES GUERRERO C.I. N° 18.834.014-8, presentaban lesiones siendo derivados al ASA donde el enfermero de turno diagnosticó para CASTILLO ESCOVEDO "heridas punzantes múltiples obs. Neumo

Fallo

Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos 19 y 21 de la Constitución Política de la República; artículos 3 y 6 de la Ley Orgánica de Gendarmería de Chile y artículo 28 del D.S. Nº518, se declara que SE RECHAZA la acción de amparo interpuesta a folio Nº 1, por MARITZA ESCOBEDO VARAS en favor de MAYROL CASTILLO ESCOBEDO en contra de GENDARMERÍA DE CHILE, sin perjuicio de lo anterior se ordena a la recurrida se sigan adoptando todas las medidas necesarias de resguardo a la integridad del amparado y se evalúe, de ser procedente, un eventual cambio de unidad penitenciaria de conformidad a su segmentación y compromiso delictual. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol Amparo Nº 381-2022.

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, veinticuatro  de septiembre de dos mil veintidós.- Vistos  Que a folio 1 comparece MARITZA ESCOBEDO VARAS cédula nacional de identidad 12.713.777-3 con domicilio en calle Biofita 582, quien interpuso recurso de amparo en favor de MAYROL CASTILLO ESCOBEDO cédula de identidad número 19.366.174-2 y en contra de GENDARMERIA DE CHILE UNIDAD PENAL VALDIVIA   En cuanto a los hechos señala l

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