STEPHANIE GISSELLE RIOSECO MUNOZ C/ RICARDO ANTONIO AEDO BARRIA
Rol
Fecha
23 de septiembre de 2022
Materia
FALSIFICACION O USO MALICIOSO DE DOC PÚBL ART. 193,194,196
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero. Que, en autos penales tramitados ante el Juzgado de Garantía de Puerto Montt con el RIT N°510-2022; RUC 1901089818-0, Rol de Ingreso de Corte del Libro Penal N°612-2022, comparece la Defensora Penal Pública doña Macarena Cuevas Raimilla, en representación de la persona condenada Ricardo Antonio Aedo Barría, quien interpone recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva de fecha 26 de agosto de 2022, pronunciada por el juez titular del Juzgado de Garantía de Puerto Montt don Miguel Ángel García Herrera, que no hizo lugar a la pena sustitutiva solicitada por la Defensa. Pide se revoque en la parte que no concede la pena sustitutiva de prestación de servicios en beneficio de la comunidad. Segundo. Que, en procedimiento abreviado que devino en simplificado -en razón de la cuantía de las penas solicitadas-; el tribunal a quo pronunció sentencia condenatoria en contra de Ricardo Antonio Aedo Barría, condenándolo como autor del delito consumado de falsificación de instrumento público a la pena de sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo y a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. Asimismo, dispuso que la pena privativa de libertad deberá cumplirse en forma efectiva, por cuanto el imputado se encontraba privado de libertad, cumpliendo una pena gravosa, que finaliza el año 2028. Tercero. Que, el artículo 11 de la Ley N°18.216 dispone: “La pena de prestación de servicios en beneficio de la comunidad podrá decretarse por el juez si se cumplen, copulativamente, los siguientes requisitos: a) Si la pena originalmente impuesta fuere igual o inferior a trescientos días. b) Si existieren antecedentes laborales, educacionales o de otra naturaleza similar que justificaren la pena, o si los antecedentes personales del condenado, su conducta anterior y posterior al hecho punible y la naturaleza, modalidades y móviles determinantes del delito permitieren presumir que la pena de pr
Fallo
Por estas consideraciones, disposiciones legales citadas y visto, además, lo establecido en los artículos 364 y siguientes del Código Procesal Penal, se confirma la sentencia en alzada de veintiséis de agosto de dos mil veintidós, pronunciada por el juez titular del Juzgado de Garantía de Puerto Montt, don Miguel Ángel García Herrera, que dispuso el cumplimiento efectivo de la pena privativa de libertad impuesta a Ricardo Antonio Aedo Barría y no hizo lugar a su sustitución. Devuélvase. Rol penal N°612-2022.
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, veintitrés de septiembre de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: Primero. Que, en autos penales tramitados ante el Juzgado de Garantía de Puerto Montt con el RIT N°510-2022; RUC 1901089818-0, Rol de Ingreso de Corte del Libro Penal N°612-2022, comparece la Defensora Penal Pública doña Macarena Cuevas Raimilla, en representación de la persona condenada Ricardo Antonio Aedo
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