RECURSO DE AMPARO INT. POR HUGO LAGUNAS GALLARDO EN FAVOR DE SERGIO CASTILLO ALUCEMA /MUÑOZ
Rol
Fecha
23 de septiembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Castillo Alucema, Sergio Andrés Gendarmería de Chile Recurso de Amparo Rol N° 381-2022.- La Serena, veintitrés de septiembre de dos mil veintidós. Primero: Que a folio 1, comparece don Hugo Lagunas Gallardo, abogado de la Defensoría Penal Pública, en favor de don Sergio Andrés Castillo Alucema, actualmente recluido en el Complejo Penitenciario de La Serena, y deduce recurso de amparo en contra del Juez Titular del Juzgado de Garantía de Ovalle don Luis Alberto Muñoz Caamaño por resolución dictada con fecha 14 de septiembre pasado en los autos Rit 1493-2022. Expone que el 26 de mayo de 2022, don Sergio Castillo Alucema, fue formalizado por un delito de robo con violación y un delito de robo en lugar habitado, decretándose, la medida cautelar de prisión preventiva y ordenando su ingreso al Centro de Detención Preventiva de Ovalle. Que con fecha 2 de junio de 2022, el Alcaide del Centro de Detención Preventiva de Ovalle, solicita el traslado al Complejo Penitenciario Huachalalume de La Serena, atendido el alto compromiso delictual, no obstante, que el amparado solicitó su traslado al Centro de Detención Preventiva de Illapel, pues temía por su vida e integridad física por el tipo de delito formalizado. Sostiene que el 7 de junio de 2022, Gendarmería de Chile, mediante su director regional, refiere que el recinto acorde para el traslado de su representado es el penal de La Serena, atendido que éste sería líder negativo al mantener faltas al régimen interno. Da cuenta que el 9 de junio de 2022, se lleva a cabo audiencia de discusión de traslado, donde el juez de Garantía de Ovalle, don Darío Díaz Peñailillo, rechaza la solicitud de traslado, debiendo Gendarmería de Chile, mantener las medidas que estimen necesarias para la seguridad del imputado, haciendo presente que de existir un mal comportamiento en el patio donde se encuentre, se deberá informar para proceder al trasladado. Hace presente que posteriormente el 7 de septiembre de 2022, el alcaide solicita, al Juz
Fundamentos
considerando que en definitiva el acto denunciado concierne a aquel en virtud del cual se rechazó la solicitud de proceder conforme a las reglas del procedimiento abreviado, corresponde entonces determinar si, en la especie, la Jueza recurrida, al decidir como lo hizo, incurrió efectivamente de modo ilegítimo en alguna vulneración a los derechos fundamentales precedentemente citados. Cuarto: Que la defensa reprocha que la resolución dictada por el juez recurrido en cuanto ordena el traslado del amparado desde el Centro de Detención Preventiva de Ovalle al Complejo Penitenciario de La Serena, afecta la libertad ambulatoria y seguridad individual del amparado, por implicar un cumplimiento más gravoso de la medida cautelar, en atención a que tendría un menor contacto con su defensor, el traslado implicaría la imposibilidad de que la abuela pueda visitar al imputado en atención a la distancia, condición económica y situación de salud y además se avizora que el interno presentará conflictos con sus pares en el nuevo recinto penal. Quinto: Que conforme indica el juez recurrido en su informe, la decisión de trasladar al imputado al complejo penitenciario de La Serena, se fundamentó en la reiteración de la petición efectuada por el Alcaide del Centro de Detención Preventiva de Ovalle, en orden a a resolver la factibilidad de traslado del interno, ya que por razones de seguridad y segmentación, su perfil no se ajusta al centro en el cual cumple la medida cautelar y no se considera conveniente su permanencia en dicha unidad penal. Sexto: Que de la revisión de la causa y del tenor de la resolución impugnada se advierte que el Magistrado recurrido para disponer el traslado del amparado consideró lo que se expuso en el Oficio de Gendarmería N°689 de fecha 07 de septiembre de 2022, en el cual se da cuenta que conforme al parte informativo de la Guardia interna N° 138 del 5 de septiembre del 2022, se da cuenta que en el sector del patio número 7 se originó una riña logrando identificar al amparado agrediendo a uno de sus pares con un arma corto punzante de 14 cm de diámetro. En dicho ordinario Gendarmería solicita autorizar el traslado del imputado al Complejo Penitenciario de La Serena el cual reúne las características más apropiadas para la correcta segmentación conforme a su categoría de alto compromiso delictual preponderando la seguridad física y psíquica. Séptimo: Que conforme se señala en la resolución impugnada, se dispuso el traslado del interno, considerando lo expuesto por los intervinientes y que el imputado ha tenido un mal comportamiento dentro del penal, habiendo sido advertido con anterioridad que de mantener su mal comportamiento sería trasladado a otro penal, por lo que se estimó que concurren los presupuestos y se encuentra justificada la petición en atención que el Complejo Penitenciario de La Serena cuenta con las instalaciones adecuadas para efectuar una debida segregación del imputado. Octavo: Que a mayor abundar, los argumentos inco
Fallo
Por lo expuesto solicita que se acoja el presente recurso y se declare que la autorización de traslado ha sido ilegal y arbitraria y que se han violado las garantías de libertad personal y seguridad individual de don Sergio Andrés Castillo Alucema, ordenando a su vez todas las providencias que sean necesarias para restablecer el imperio del derecho y brindarle la debida protección, en particular, disponer su permanencia en el Centro de Detención Preventiva de Ovalle. Segundo: Que informa el recurso de amparo don Luis Alberto Muñoz Caamaño, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Ovalle. Sostiene que el día 14 de septiembre recién pasado se llevó a efecto la audiencia programada para discutir el traslado del imputado Sergio Andrés Castillo Alucema de recinto penal, audiencia que fue fijada por el Tribunal a solicitud de Gendarmería de Chile de trasladar al imputado, medida que habría sido solicitada por el mismo interno por mantener problemas graves con el resto de la población penal imputada, resolviéndose el traslado del imputado al penal de Huachalalume. Indica que la resolución adoptada tuvo como principales consideraciones, por una parte, que el traslado de establecimiento penal fue solicitado por el propio imputado quien manifestaba mantener problemas con el resto de los imputados privados de libertad; y por otra parte se tuvo en especial consideración el oficio ordinario N° 04.01.02/380/2022 dirigido por el señor Alcaide del Centro de Detención Preventiva de Ovalle a
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Castillo Alucema, Sergio Andrés Gendarmería de Chile Recurso de Amparo Rol N° 381-2022.- La Serena, veintitrés de septiembre de dos mil veintidós. Primero: Que a folio 1, comparece don Hugo Lagunas Gallardo, abogado de la Defensoría Penal Pública, en favor de don Sergio Andrés Castillo Alucema, actualmente recluido en el Complejo Penitenciario de La Serena, y deduce recurso de amparo en contra del
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