AGRCOLA DE LA PATAGONIA S.A./SOCIEDAD GANADERA CANAL TORTUOSO LIMITADA
Rol
Fecha
23 de septiembre de 2022
Materia
REIVINDICACIÓN
Resultado
REVOCADA-CONFIRMADA
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 186 y 199 del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA, en lo apelado, la resolución de veinte de abril del año en curso. Resolviendo el recurso de apelación deducido por la parte demandada: VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, compartiendo los argumentos vertidos por el apelante y visto, además, lo dispuesto en los artículos 186 y 199 del Código de Procedimiento Civil, SE REVOCA, parcialmente, en lo apelado la resolución de veinte de abril del año en curso y con su mérito se dispone que: Se agrega el siguiente punto de prueba, que pasará a ser el N°5: “5.- Efectividad de que la demandada, de común acuerdo con el anterior propietario del predio de la actora, la Sociedad Forestal Monte Alto S.A., efectuó trabajos de mantención en el cerco divisorio entre ambos predios y en la afirmativa, época en que dichos trabajos se efectuaron y si se hizo en la actual ubicación que tiene el cerco divisorio existente.” Devuélvanse. Rol N° 279-2022. Civil.
Texto Completo (Preview)
Punta Arenas, veintitrés de septiembre de dos mil veintidós. Resolviendo el recurso de apelación deducido por la parte demandante: VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 186 y 199 del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA, en lo apelado, la resolución de veinte de abril del año en curso. Resolviendo el recurso de apelación deducido por la parte demand
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