SIN INFORMACION

RICARDO ELIAS DIAZ ORTIZ (NELSON ZUÑIGA JIMENEZ) CON TESORERIA REGIONAL SANTIAGO SUR

Rol

Fecha

23 de septiembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece don Nelson Zúñiga Jiménez, abogado, en representación del contribuyente ejecutado don Ricardo Elías Díaz Ortíz, factor de comercio, ambos domiciliados en calle Los Paltos Nº 2735, villa La Pintana, comuna de La Pintana, en autos sobre cobranza judicial de obligaciones tributarias substanciada ante la Juez Sustanciadora de la Tesorería Regional Santiago Sur, en Rol 10.617-2016 La Pintana, para interponer recurso de hecho en contra de la resolución de 26 de julio del año en curso, que denegó la apelación que interpuso respecto de la resolución de 25 del mismo mes y año, que rechazó el abandono del procedimiento mediante resolución del día 19 de julio pasado. Hace presente que, para resolver la inadmisibilidad impugnada, el tribunal consideró que la apelación no se encuentra contemplada en la actual etapa procesal; aspecto que refuta, pues estima que la resolución apelada es una interlocutoria, cuya revisión en segunda instancia procede por la aplicación supletoria general del Código de Procedimiento Civil autorizada por el artículo 2 y 190 del Código Tributario. Pide, en consecuencia, que se declare procedente el recurso de apelación y ordenando que se dicte el decreto autos en relación, con expresa condena en costas. Segundo: Que informa la Directora Regional Tesorera Santiago Sur y Juez Sustanciadora, doña Jeannette Elena Reyes Ortiz, indicando que la resolución que rechaza el abandono del procedimiento no es de aquellas que ponen fin al juicio o hacen imposible su prosecución, como tampoco establece derechos permanentes en favor de las partes, ni se pronuncia sobre un trámite que haya de servir de base para el pronunciamiento de la sentencia definitiva, por lo que no procede a su respecto el recurso de apelación. Por otro lado, esgrime el principio de jerarquía o grado de la competencia, previsto en el artículo 110 del Código Orgánico de Tribunales, el que dispone que “una vez fijada con arreglo a la ley la com

Fundamentos

considerando que el recurso debe ser acogido. Regístrese, comuníquese y, en su oportunidad, archívese. N° 33-2022 Tributario (Hecho).

Fallo

fallo del recurso. La ministro señora Díaz concurre en la decisión anterior por estimar que la jurisprudencia reiterada de los tribunales y nuevas tendencias doctrinarias se inclinan por posibilitar en mayor extensión la doble instancia en las diversas materias, por lo que en contra de lo manifestado en decisiones anteriores sobre igual materia, ha modificado su criterio considerando que el recurso debe ser acogido. Regístrese, comuníquese y, en su oportunidad, archívese. N° 33-2022 Tributario (Hecho).

Texto Completo (Preview)

Certifico que se anunciaron y alegaron en la Quinta Sala, por el recurso de hecho el abogado don Nelson Zúñiga y contra el mismo el abogado don César Serrano. San Miguel, 23 de septiembre de 2022, Florencia Saez Bugmann, relatora. San Miguel, veintitrés de septiembre de dos mil veintidós. Al escrito folio N° 11: Téngase presente. Al escrito folio N° 12: A lo principal, téngase presente; al otro

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