SIN INFORMACION

VÁSQUEZ/COMERCIAL E INVERSIONES TSCHEREBILO Y LOBOS

Rol

Fecha

23 de septiembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que a folio 1, comparece Simón Vásquez Vásquez, agricultor, e interpone recurso de protección en contra de Comercial e Inversiones Tscherebilo y Lobos Limitada, Rol Unico Tributario N° 79.931.550-5, representada por don Alexander Pedro Tscherebilo Carstanjen, y doña María Carolina Lobos Donoso. Indica que junto a sus hermanos Sebastián Alejandro, Orfa del Carmen, Sonia Ruth. Laura Rosa, Juan Isabel, todos de apellidos Vásquez Vasquez, son dueños en común del bien raíz del bien raíz agrícola determinado en sus títulos como Hijuela Dos, ubicado en Mesamávida, Comuna de Longaví, Provincia de Linares, VII Región del Maule, de una superficie aproximada de 434,07 hectáreas según plano catastral N° 73-11325 S.R. y deslinda: NORTE: Hijuela N° 1 de Francisco Esteban Vásquez Villar, separado por cerco,; ESTE: Canal sin nombre que lo separa de Camino Vecinal que su vez lo separa de José Angel y Francisco Esteban Vásquez Villar y Ulises Aceitón, separado por cerco: Sur: Albertina Alarcón Alarcón y otros, separado por cerco: Oeste: Pedro Latorre, Jorge Castro: Pedro Latorre y Sucesión Bernardino Vásquez Separado por cerco. Rol de avalúo 508-041 de la Comuna de Longaví. Adquirieron por sucesión por causa de muerte como herederos de sus padres Elia de las Mercedes Vásquez Vásquez, según inscripción de fojas 1613 N° 2832 y José Angel Vásquez Villar según inscripción de fojas 32345 Nº 5652 ambas del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Linares correspondiente a 2017.- Que este predio, de una superficie amplia, está constituido por terrenos de monte, y el cual destinaban esencialmente al ganado caprino.- Expone que el 6 de Octubre de 2021, junto a trabajadores se dirigía a efectuar algunas labores, sintió ruidos no habituales en un sector al poniente de la propiedad, que daban cuenta de la presencia de maquinaria pesada. Vieron una retroexcavadora que había ingresado a la propiedad, previa colocación de un tubo para pasar sobre

Fallo

Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto por los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República de Chile, y lo señalado en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del Recurso de Protección, SE RECHAZA el recurso de protección deducido en lo principal de folio 1, sin costas por estimarse que hubo motivo plausible para recurrir. Lo anterior, sin perjuicio de las acciones civiles que procedan en la sede pertinente. Redactado por la abogado integrante Carolina Araya López Regístrese y, en su oportunidad, archívese. Rol Ingreso Corte N° 2635-2021. Se deja constancia que no firman el Ministro don Moisés Muñoz Concha y el Ministro (S) don Jaime Cruces Neira, no obstante haber concurrido a la vista y acuerdo, el primero por encontrarse haciendo uso de feriado y, el segundo por haber concluido su suplencia.

Texto Completo (Preview)

Talca, veintitrés de septiembre de dos mil veintidós. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que a folio 1, comparece Simón Vásquez Vásquez, agricultor, e interpone recurso de protección en contra de Comercial e Inversiones Tscherebilo y Lobos Limitada, Rol Unico Tributario N° 79.931.550-5, representada por don Alexander Pedro Tscherebilo Carstanjen, y doña María Carolina Lobos Donoso. Indica que ju

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