JUZGADO DE GARANTIA DE CHILLAN

MP C/ HECTOR RENATO OYARCE HERNANDEZ

Rol

Fecha

23 de septiembre de 2022

Materia

ROBO EN LUGAR NO HABITADO. ART. 442.

Resultado

REV

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Hechos

Visto y teniendo únicamente presente que la cautelar que se analiza es una medida de última ratio, y que la necesidad de cautela puede satisfacerse con otra de menor intensidad, y visto, además, lo dispuesto en los artículos 358 y 360 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada dictada en audiencia de diecisiete de septiembre del año en curso, que decretó la prisión preventiva del imputado y en su lugar se decide que no se da lugar a ella, imponiéndosele, en cambio, la de arresto domiciliario nocturno, en el domicilio fijado en autos. Téngase por notificadas a las intervinientes. Comuníquese y devuélvase inmediatamente. N°Penal-402-2022.

Fallo

se decide que no se da lugar a ella, imponiéndosele, en cambio, la de arresto domiciliario nocturno, en el domicilio fijado en autos. Téngase por notificadas a las intervinientes. Comuníquese y devuélvase inmediatamente. N°Penal-402-2022.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Chillán Chillán, veintitrés de septiembre de dos mil veintidós. Visto y teniendo únicamente presente que la cautelar que se analiza es una medida de última ratio, y que la necesidad de cautela puede satisfacerse con otra de menor intensidad, y visto, además, lo dispuesto en los artículos 358 y 360 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada dictada en audiencia de diecisiet

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