MP C/ HECTOR RENATO OYARCE HERNANDEZ
Rol
Fecha
23 de septiembre de 2022
Materia
ROBO EN LUGAR NO HABITADO. ART. 442.
Resultado
REV
Hechos
Visto y teniendo únicamente presente que la cautelar que se analiza es una medida de última ratio, y que la necesidad de cautela puede satisfacerse con otra de menor intensidad, y visto, además, lo dispuesto en los artículos 358 y 360 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada dictada en audiencia de diecisiete de septiembre del año en curso, que decretó la prisión preventiva del imputado y en su lugar se decide que no se da lugar a ella, imponiéndosele, en cambio, la de arresto domiciliario nocturno, en el domicilio fijado en autos. Téngase por notificadas a las intervinientes. Comuníquese y devuélvase inmediatamente. N°Penal-402-2022.
Fallo
se decide que no se da lugar a ella, imponiéndosele, en cambio, la de arresto domiciliario nocturno, en el domicilio fijado en autos. Téngase por notificadas a las intervinientes. Comuníquese y devuélvase inmediatamente. N°Penal-402-2022.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Chillán Chillán, veintitrés de septiembre de dos mil veintidós. Visto y teniendo únicamente presente que la cautelar que se analiza es una medida de última ratio, y que la necesidad de cautela puede satisfacerse con otra de menor intensidad, y visto, además, lo dispuesto en los artículos 358 y 360 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada dictada en audiencia de diecisiet
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