IMPUTADO: CRISTIAN OCTAVIO QUEZADA SANCHEZ
Rol
Fecha
23 de septiembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADO SIN COSTAS
Hechos
VISTO: Se han ingresado a esta Corte, con el rol 819-2022 de la Reforma Procesal Penal, los antecedentes correspondientes al RUC RUC N° 2110008717-8 y RIT N°13-2022, del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Concepción, seguidos en contra del acusado Cristian Octavio Quezada Sánchez, por el delito de robo con fuerza en las cosas en lugar no habitado, en grado de consumado, con la finalidad de conocer del recurso de nulidad interpuesto por Rubén Alejandro Cruces Pereira, abogado, defensor penal público, en representación del sentenciado y en contra del fallo de fecha 21 de julio de 2022, dictado por una sala del referido Tribunal, integrada por Gonzalo Gabriel Díaz González y Mirentxu Bernardita San Miguel Bravo, jueces titulares y por el juez suplente Felipe Marcelo Vega Letelier. La referida sentencia dispuso: Que se condena, al acusado, Cristian Octavio Quezada Sánchez, a la pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo y a las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad de autor del delito de robo con fuerza en las cosas en lugar no habitado, en grado de consumado, cometido el 19 de febrero de 2021 en la comuna de Concepción. Que la pena privativa de libertad a que ha sido condenado Quezada Sánchez no se sustituye por ninguna de aquellas contempladas en la ley 18.216, por lo deberá cumplir efectivamente la pena de presidio que se le ha impuesto, sirviéndole de abono 448 días en los que ha estado detenido y privado de libertad bajo las modalidades de detención, arresto domiciliario total y en prisión preventiva de acuerdo a la certificación de la ministro de fe del tribunal y según consta del auto de apertura y de lo expuesto por los intervinientes en la audiencia respectiva. Que se exime al condenado del pago de las costas del procedimiento por haber sido representado por la Defensoría Penal Pública. L
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, resulta necesario indicar en forma previa que la parte recurrente no ofreció pruebas de la causal de nulidad invocada, conforme se lo permite el artículo 359 del Código Procesal Penal. SEGUNDO: Que, la defensa del sentenciado recurre invocando como motivo de nulidad del
Fallo
fallo de fecha 21 de julio de 2022, dictado por una sala del referido Tribunal, integrada por Gonzalo Gabriel Díaz González y Mirentxu Bernardita San Miguel Bravo, jueces titulares y por el juez suplente Felipe Marcelo Vega Letelier. La referida sentencia dispuso: Que se condena, al acusado, Cristian Octavio Quezada Sánchez, a la pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo y a las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad de autor del delito de robo con fuerza en las cosas en lugar no habitado, en grado de consumado, cometido el 19 de febrero de 2021 en la comuna de Concepción. Que la pena privativa de libertad a que ha sido condenado Quezada Sánchez no se sustituye por ninguna de aquellas contempladas en la ley 18.216, por lo deberá cumplir efectivamente la pena de presidio que se le ha impuesto, sirviéndole de abono 448 días en los que ha estado detenido y privado de libertad bajo las modalidades de detención, arresto domiciliario total y en prisión preventiva de acuerdo a la certificación de la ministro de fe del tribunal y según consta del auto de apertura y de lo expuesto por los intervinientes en la audiencia respectiva. Que se exime al condenado del pago de las costas del procedimiento por haber sido representado por la Defensoría Penal Pública. La recurrente invoca como causal de nulidad, la contemplada
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C.A. de Concepción xsr Concepción, veintitrés de septiembre de dos mil veintidós.- VISTO: Se han ingresado a esta Corte, con el rol 819-2022 de la Reforma Procesal Penal, los antecedentes correspondientes al RUC RUC N° 2110008717-8 y RIT N°13-2022, del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Concepción, seguidos en contra del acusado Cristian Octavio Quezada Sánchez, por el delito de robo con fuerz
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