SCHMIDT HERNANDEZ TEODORO JESUS- BANCO SANTANDER CHILE
Rol
Fecha
23 de septiembre de 2022
Materia
SIN MATERIA
Resultado
REVOCADA-CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de su fundamento 9.2., que se elimina. Y se tiene en su lugar presente: Primero: Que en lo que hace al daño moral, este supone una aflicción o dolencia mayor que el malestar que naturalmente ha de causar una situación como la que vivió la demandante, tiene que traducirse en una afectación sicológica que debe acreditase en juicio, en cuanto a su origen y extensión y, hecho ello, se regulará prudencialmente el monto indemnizatorio que se otorgará. Así, el daño moral debe ser justificado por quien lo invoca, y atento la regla prevista en el artículo 1698 del Código Civil, correspondía al actor probar su existencia. Segundo: Que nada de ello ocurrió en estos autos pues la parte demandante no allegó probanza alguna para acreditar la existencia del daño moral reclamado, por lo que el recurso de apelación deducido por el demandado será acogido en esta parte. Por estas consideraciones y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 32 y siguientes de la Ley N° 18.287, se resuelve: I.- Se revoca la sentencia apelada de cinco de diciembre de dos mil diecinueve, dictada por el 1° Juzgado de Policía Local de Providencia, en la causa Rol P-7626-2019, en aquella parte que condena a la demandada a pagar a título de daño moral la suma de $500.000 (quinientos mil pesos) y se declara que se rechaza lo demandado por dicho concepto. II.- Se confirma, en lo demás la referida sentencia, con declaración que se rebaja la multa impuesta a 5 U.T.M (cinco unidades tributarias mensuales). Regístrese y devuélvase. N° 322-2020 P. Local
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 32 y siguientes de la Ley N° 18.287, se resuelve: I.- Se revoca la sentencia apelada de cinco de diciembre de dos mil diecinueve, dictada por el 1° Juzgado de Policía Local de Providencia, en la causa Rol P-7626-2019, en aquella parte que condena a la demandada a pagar a título de daño moral la suma de $500.000 (quinientos mil pesos) y se declara que se rechaza lo demandado por dicho concepto. II.- Se confirma, en lo demás la referida sentencia, con declaración que se rebaja la multa impuesta a 5 U.T.M (cinco unidades tributarias mensuales). Regístrese y devuélvase. N° 322-2020 P. Local
Texto Completo (Preview)
Certifico que alegó revocado la abogada Catalina Unda Rodríguez. Santiago, 23 de septiembre de 2022. Alejandra Soto Nilo, relatora. Santiago, veintitrés de septiembre de dos mil veintidós. Al escrito folio 17: A lo principal y otrosi, téngase presente. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de su fundamento 9.2., que se elimina. Y se tiene en su lugar presente: Primero: Que
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