OVIEDO / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
23 de septiembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Visto: A folio 1, comparece Tomás Guillermo Matheson Mujica, deduciendo acción de protección a favor de doña Karen Rocio Gabriela Oviedo, argentina, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión ilegal y arbitraria en el pronunciamiento sobre la solicitud de permanencia definitiva, lo que estima vulnera la garantía constitucional establecida en el artículo 19 N° 2 de la Constitución Política de la República. Indica que la recurrente, se encuentra casada en el país y tiene un hijo chileno, que estando en el país postuló al proceso denominado de regularización 2021,cumpliendo los requisitos legales en el mes de septiembre de 2021 y que de dicha solicitud no ha tenido noticias por casi un año. Por lo expuesto, solicita se acoja la presente acción, ordenando al recurrido que se pronuncie sobre la misma en el más breve plazo posible, adoptando las providencias que sean necesarias para establecer el imperio del derecho. A folio 6, informa el Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo de la acción. Señala que, se mediante Resolución Exenta N° 21143223, de fecha 8 de septiembre de 2021, del Servicio Nacional de Migraciones, la solicitud de regularización se acogió a trámite. el que se encuentra en etapa de análisis, de conformidad a circular N°12 de 24 de noviembre de 2021, del Servicio Nacional de Migraciones. En consecuencia, la recurrente mantiene situación migratoria regular en el país, toda vez que contra dicha presentación se otorgó un permiso de trabajo, de forma gratuita y con vigencia mientras la solicitud se encuentre en trámite. A folio 7, se ordenó traer los autos en relación. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO. Primero: Que, el asunto por el cual se solicita la adopción de medidas que restablezcan el imperio del derecho dice relación con la eventual omisión arbitraria o ilegal por parte de la recurrida, en el pronunciamiento sobre la solicitud de permanencia definitiva de la recurrente. Segundo: Que, por su parte, la recurri
Fallo
Por lo expuesto, solicita se acoja la presente acción, ordenando al recurrido que se pronuncie sobre la misma en el más breve plazo posible, adoptando las providencias que sean necesarias para establecer el imperio del derecho. A folio 6, informa el Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo de la acción. Señala que, se mediante Resolución Exenta N° 21143223, de fecha 8 de septiembre de 2021, del Servicio Nacional de Migraciones, la solicitud de regularización se acogió a trámite. el que se encuentra en etapa de análisis, de conformidad a circular N°12 de 24 de noviembre de 2021, del Servicio Nacional de Migraciones. En consecuencia, la recurrente mantiene situación migratoria regular en el país, toda vez que contra dicha presentación se otorgó un permiso de trabajo, de forma gratuita y con vigencia mientras la solicitud se encuentre en trámite. A folio 7, se ordenó traer los autos en relación. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO. Primero: Que, el asunto por el cual se solicita la adopción de medidas que restablezcan el imperio del derecho dice relación con la eventual omisión arbitraria o ilegal por parte de la recurrida, en el pronunciamiento sobre la solicitud de permanencia definitiva de la recurrente. Segundo: Que, por su parte, la recurrida solicitó el rechazo de este arbitrio, puesto que la solicitud de permanencia definitiva se encuentra actualmenteapa de análisis, manteniendo la actora su situación migratoria regular en el país de conformidad al artí
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Foja: 0 Cero C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintitrés de septiembre de dos mil veintidós. Visto: A folio 1, comparece Tomás Guillermo Matheson Mujica, deduciendo acción de protección a favor de doña Karen Rocio Gabriela Oviedo, argentina, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión ilegal y arbitraria en el pronunciamiento sobre la solicitud de permanencia definitiva, lo que e
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