SIN INFORMACION

VALENZUELA/MUNICIPALIDAD DE LA SERENA

Rol

Fecha

23 de septiembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece a folio 1 y con fecha 30 de julio pasado, ELSA IRENE VALENZUELA HERRERA, funcionaria de planta de la Oficina de Partes de la Municipalidad de la Serena, domiciliada en Ávalos Lavanderos Nº1650, Barrio Universitario, La Serena, y recurre de protección en contra de la Municipalidad de La Serena, representada por su Alcalde Don Roberto Jacob Jure, o quien sus derechos represente, Run 69.040.100-2, con domicilio en calle Arturo Prat Nº451, comuna de La Serena, acusando vulneración de las garantías constitucionales establecidas en el artículo 19 Nº 1, incisos 1º, 4º, 5º, números 2 inciso 2º y Nº 3 incisos 1º, 6º, números 9, 14 y 16 incisos 1º y 3º, Nº 18 y 22 inciso 1º y Nº 24 inciso 1º, 2º y 3º, Nº 8 en relación con lo expresado en el último inciso del artículo 20 de la Constitución Política. Relata que desde el año 1987 trabaja en la oficina de partes de la municipalidad emplazada, en calidad de funcionaria de planta; y durante el mes de mayo del año 2021 comenzó a tener problemas y grandes dolores en su espalda, atendido que su silla no cumplía con las especificaciones técnicas para trabajar durante las siete horas de jornada laboral, debiendo concurrir a diversos especialistas. Indica que desde junio del año 2021 hasta el presente año, ha dependido totalmente de las licencias médicas para sobrevivir económicamente. En cuanto a la tramitación de dichos instrumentos señala que todo iba bien hasta que con fecha 7 de julio del 2022, recibió un documento certificado, enviado por la Dirección de Personal, en el cual se señalaba que se debían reintegrar las sumas percibidas “INDEBIDAMENTE”, dando a entender que ella había cometido actuaciones en forma dolosa, para percibir, ciertas sumas de dinero, acusándola, por ejemplo de cobrar y recibir dineros por trabajos no realizados, cuando en la realidad, se encontraba con licencia y en tratamiento médico, y determinando que debía devolver la cantidad de $ 8.517.040.- (ocho millones, quinientos diecisiete mil cuarenta pesos) ello en virtud de haber sido rechazadas 3 licencias médicas presentadas y entregadas a su empleador, en tiempo y forma. Precisa que el problema se suscitó, por el hecho de que nunca fue informada de tales rechazos, tanto por su empleador ni por la COMPIN, para actuar en tiempo y forma, realizando las gestiones respectivas de apelación o reposición, quedando en la más completa indefensión. Reclama que la decisión de su empleador, resulta abusiva y vulneran sus derechos que como trabajadora municipal tiene. Agrega que ya en 2021 le habían rechazado dos licencias médicas, pero en esos casos la COMPIN, le notificó del rechazo, ejerciendo las reclamaciones respectivas ante la SUSESO. Acusa que el actuar municipal, es total y absolutamente arbitrario e ilegal, ya que tendría por lo menos, la obligación desde la primera licencia rechazada, de comunicarle esta situación dentro de plazo para poder ejercer su derecho a reclamo o reposición administrativa.

Fallo

se decide simplemente hacer descuentos de dineros del sueldos a los funcionarios, si no han cumplido con el aviso respectivo, en tiempo y forma; ya que no es primera vez que la Municipalidad incurre en este tipo de actos, en este caso por ejemplo, el problema de no pago de licencias, se debió a la irresponsabilidad, de la propia recurrida en el cumplimiento de darme avisos en tiempo y forma del rechazo de licencia, para poder apelar o reponer de dicha resolución del Compin. Se ordene a la recurrida, no utilizar terminologías que le imputen actos ilícitos o dolosos o que indiquen que he cometido actos delictuales, ya que con ello vulneran su honra. Se ordene a la recurrida y a quienes sus derechos representa, no realizar amenazas, para que los funcionarios accedan por temor a sus imposiciones, como lo son las que declara la recurrida en su ordinario Nº 785, el que se acompaña, en su numerando 9, en el cual se le amenaza con realizar un juicio de cuentas, si no accede a permitir que se realicen los descuentos que el municipio impone. Se ordene a la recurrida, no realizar declaraciones que buscan infundir inseguridad y temor en los empleados, para que no hagan presentaciones, consultas o busquen el asilo de sus derechos en otras entidades, como lo son Contraloría o Tribunales de Justicia, ya que esto además infunde desconfianza e inseguridad en los que, en ocasiones como estas, se sienten vulnerados en sus derecho. Todo con expresa condena en costas. ACOMPAÑA: 1. Ordinario

Texto Completo (Preview)

Valenzuela Herrera, Elsa Irene Municipalidad de La Serena Recurso de Protección Rol 5670-2022 La Serena, veintitrés de septiembre de dos mil veintidós VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece a folio 1 y con fecha 30 de julio pasado, ELSA IRENE VALENZUELA HERRERA, funcionaria de planta de la Oficina de Partes de la Municipalidad de la Serena, domiciliada en Ávalos Lavanderos Nº1650, Barrio U

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