AMPARADO: RICARDO FRANCISCO ALVAREZ GARCIA/ TRIBUNAL DE CONDUCTA DEL CCP DEL MANZANO
Rol
Fecha
23 de septiembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO: Comparece el abogado ALVARO HERRERA GENERAL, en representación de RICARDO FRANCISCO ALVAREZ GARCIA, cedula de identidad n° 18.091.162-2, condenado a 5 años y un día, de presidio mayor en su grado mínimo, por el delito de Robo con Intimidación, por el 2 Juzgado de Garantía, cumpliendo condena en el CCP EL MANZANO en la ciudad de Concepción y contra del TRIBUNAL DE CONDUCTA del CCP del Manzano. Expone, que el recurrido, en un erróneo ejercicio de sus atribuciones, no permitió que el amparado, contando con todos y cada de los requisitos legales para ser acreedor del beneficio de la libertad condicional, fuera presentado ante la comisión de libertad condicional, lesionando así su derecho a optar a tal beneficio, y con ello su derecho Constitucional a la libertad personal, consagrado en el numeral 7 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Refiere que el amparado cumple con requisitos objetivos que señala el artículo Nº2 del decreto ley Nº321 y 4º del reglamento respectivo, esto es: 1) haya cumplido con la mitad de la condena que se le hubiere impuesto mediante sentencia ejecutoriada; 2) haya observado conducta intachable en el establecimiento penal en el cumple dicha condena; 3) haya aprendido bien un oficio, si hay talleres en el mismo establecimiento; 4) que haya asistido con regularidad y provecho a la escuela y conferencias educativas que se dicten. Alega que el Tribunal de Conducta, al parecer establece que el amprado carece de tales requisitos al rechazar su postulación. Agrega que el amparado cuenta con muy buena conducta desde más de 10 meses a la fecha y que cuenta con apoyo de su cónyuge, padres, hijos, quienes se comprometen a actuar como mecanismo de control social, frente a posibles conductas disruptivas que pudiese presentar, esto para su reinserción social. Pide tener por interpuesto y admitir a tramitación el presente recurso de amparo, y acogerlo en todas sus partes, adoptando todas las medidas necesarias para restablecer
Fallo
Por estas consideraciones, disposiciones legales citadas y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, SE RECHAZA, el recurso de amparo interpuesto por el abogado ALVARO HERRERA GENERAL, en representación don RICARDO FRANCISCO ALVAREZ GARCIA en contra del TRIBUNAL DE CONDUCTA del CCP del Manzano. Regístrese, comuníquese y oportunamente, archívese. Redacción del abogado integrante Sergio Gabriel Galaz Ramírez. ROL N° 421-2022 AMPARO
Texto Completo (Preview)
Concepción, veintitrés de septiembre de dos mil veintidós VISTO: Comparece el abogado ALVARO HERRERA GENERAL, en representación de RICARDO FRANCISCO ALVAREZ GARCIA, cedula de identidad n° 18.091.162-2, condenado a 5 años y un día, de presidio mayor en su grado mínimo, por el delito de Robo con Intimidación, por el 2 Juzgado de Garantía, cumpliendo condena en el CCP EL MANZANO en la ciudad de Conce
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