JETZY COLINA GONZALEZ / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
23 de septiembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado don Ernesto Manríquez Mendoza, domiciliado en Portales 33, oficina 213, Viña del Mar, por la ciudadana venezolana doña Jetzy Katherine Colina González, domiciliada en Quinta Avenida 1437, San Miguel, para recurrir de protección contra el Servicio Nacional de Migraciones, representado por don Luis Thayer Correa, domiciliados en San Antonio 580, Santiago, por omitir pronunciamiento respecto de la visa de permanencia definitiva solicitada el 5 de marzo de 2020, lo que califica como ilegal, arbitrario y lesivo de sus derechos consagrados en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República, en la medida que constituye una transgresión de los artículos 4, 7, 9 y 27 de la Ley 19.880. Pide, en definitiva, que se acoja con costas el recurso y se ordene a la autoridad recurrida resolver sin más trámite la visa solicitada, mediante un acto administrativo terminal, bajo apercibimiento de remitir los antecedentes al superior jerárquico y a Contraloría General de la República. Segundo: Que mediante presentación de los abogados Antonio Henríquez Beltrán y Nicolás Cornejo Montenegro se informa que el 24 de febrero de este año requirió a la persona interesada certificado de vigencia del contrato, ya que se advirtió que su solicitud era incompleta o insuficiente, otorgándosele cinco días para remitirlo, lo que no ha ocurrido a la fecha de su informe. Se asegura, además, que la persona por quien se recurre se encuentra regularmente en el territorio de la República al tenor de los artículos 38 y 45, este último en relación con el artículo 43, todos de la Ley N°21.325 de Migración y Extranjería. Se estima improcedente la aplicación del silencio administrativo en la especie y se sostiene que, por el estado de emergencia en que se encontraba el país a raíz de la pandemia mundial suscitada por Covid-19, se configura un caso fortuito que, al tenor de lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley 19.880, justifica el laps
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido a favor de doña Jetzy Katherine Colina González en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese y archívese, en su oportunidad. Nº20660-2022 Protección.
Texto Completo (Preview)
San Miguel, veintitrés de septiembre de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado don Ernesto Manríquez Mendoza, domiciliado en Portales 33, oficina 213, Viña del Mar, por la ciudadana venezolana doña Jetzy Katherine Colina González, domiciliada en Quinta Avenida 1437, San Miguel, para recurrir de protección contra el Servicio Nacional de Migraciones, repres
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica