2DO JUZGADO DE POLICIA LOCAL DE TEMUCO

ITAU-CORPBANCA S.A./GARRO

Rol

Fecha

22 de septiembre de 2022

Materia

APELACIÓN SENTENCIA DEFINITIVA

Resultado

CONFIRMADA CON DECLARACIÓN

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, teniendo especialmente presente el tiempo transcurrido, la entidad de la negligencia del banco demandado, esta Corte considera que el monto fijado por el A Quo resulta insuficiente, atendida las circunstancias personales del actor, quien es una persona de tercera edad, con importantes patologías que lo afectaban, como consta en epicrisis y formularios de atención de urgencia acompañados, ratificado por lo señalado por los testigos, y que en dichas condiciones debió acudir a efectuar sus reclamos e incluso costear una defensa en un juicio civil, se aumentará el monto de este ítem indemnizatorio, por una suma más condigna al mérito del proceso, razón por la cual se declara: Que SE CONFIRMA la sentencia de fecha catorce de junio de dos mil veintidós, CON DECLARACIÓN que se aumenta el monto fijado a título de daño moral a la suma de $10.000.000.- (diez millones de pesos). Que se condena en costas de esta instancia a la parte querellada infraccional y demandada civil, las que se fijan en la suma de $500.000.- (quinientos mil pesos). Póngase en conocimiento de las partes y téngase por aprobadas si no fueren objetadas dentro de tercero día. Regístrese y devuélvase. Rol N° Policia Local-118-2022 (pvb).

Fallo

se declara: Que SE CONFIRMA la sentencia de fecha catorce de junio de dos mil veintidós, CON DECLARACIÓN que se aumenta el monto fijado a título de daño moral a la suma de $10.000.000.- (diez millones de pesos). Que se condena en costas de esta instancia a la parte querellada infraccional y demandada civil, las que se fijan en la suma de $500.000.- (quinientos mil pesos). Póngase en conocimiento de las partes y téngase por aprobadas si no fueren objetadas dentro de tercero día. Regístrese y devuélvase. Rol N° Policia Local-118-2022 (pvb).

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, veintidós de septiembre de dos mil veintidós. A lo principal y otrosí de los escritos folios 34 y 35 y al escrito folio 36: Téngase presente. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, teniendo especialmente presente el tiempo transcurrido, la entidad de la negligencia del banco demandado, esta Corte considera que el monto fijado por el A Quo resulta insuficiente, atend

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