SIN INFORMACION

CORTÉS/CAJA DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR LA ARAUCANA

Rol

Fecha

22 de septiembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTOS: La comparecencia de Jorge Manuel Lena Salgado, abogado, en representación de Luis Darío Cortés Baltra, chileno, empleado, cédula de identidad N°10.969.840-7, domiciliado para estos efectos en calle Uribe N°636, oficina 803, comuna de Antofagasta, quien dedujo recurso de protección en contra de Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Andes, representada legalmente por don Nelson Mauricio Rojas y en contra de la Caja de Compensación de Asignación Familiar la Araucana, representada por Verónica Smok Ubeda, por el acto arbitrario e ilegal consistente en realizar descuentos en su remuneración en virtud de créditos, cuyo cobro se habría intentado mediante la vía judicial, solicitando que se ordene que las recurridas cesen de inmediato los descuentos remuneracionales y todo descuento futuro, ya sea por sí o a través de terceros; el reintegro total y efectivo de los montos indebidamente retenidos y los que eventualmente se practiquen durante la secuela del proceso; o en subsidio, lo que se estime pertinente para el restablecimiento del derecho; con costas. Informaron las recurridas, solicitando el rechazo del recurso. Puesta la causa en estado, se han traído los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el recurso se funda en la existencia de un actuar ilegal y arbitrario de las recurridas, consistente en la realización de descuentos de su remuneración a través de planillas de créditos, cuyo cobro se habría iniciado previamente, en virtud de un procedimiento ejecutivo. Durante el año 2013 solicitó un crédito a la CAJA DE COMPENSACION DE ASIGNACION FAMILIAR LOS ANDES, cuyo crédito se pactó en 24 cuotas mensuales, constituyéndose en mora del pago de las cuotas a partir del 28 de febrero de 2015, habiéndose hecho exigible 19 cuotas. En ese entendido, la recurrida Caja de Compensación los Andes ejerció acciones tendientes a cobrar el crédito lo que consta en causa ROL C-3783-2016 del 1° Juzgado de Letras en lo Civil de Calama, interpuesta por la recurrida con fecha 26 de diciembre de 2016, causa en la cual el recurrente ha presentado excepción de prescripción, sin embargo la recurrida decidió forzar de manera unilateral un beneficio que la ley contempla para un cobro oportuno, privando al recurrente su derecho de propiedad sobre parte de su remuneración laboral. No obstante que Caja los Andes ya había decantado en el cobro del crédito por la vía judicial, a través de un cobro inter caja, a partir del mes de junio y hasta octubre del año 2021, la CAJA DE COMPENSACION DE ASIGNACIÓN FAMILIAR LA ARAUCANA, comenzó a efectuar descuentos a través de las remuneraciones del recurrente por un monto total de $747.161.- En las liquidaciones de sueldo correspondiente a los meses de enero a junio del año 2022 se evidencia un descuento bajo la nomenclatura “descuentos legales” por un monto total de $767.460. Es por este medio, que se entera de estos descuentos por una obligación contraída el año 2013, y que más de 8 años después pretende ser cobrada extrajudicialmente por la recurrida a través de descuentos ilegales. En consecuencia, la conducta desplegada por las Cajas de Compensación recurridas, en virtud de la cual, practicaron descuentos ilegales en la remuneraciones del actor por un monto total de $1.514.621, es caprichosa e injustificada, vulnerando las garantías constitucionales consagradas en el N°24 del artículo 19 de la Constitución Política, por lo que solicita se ordene que las recurridas cesen los descuentos remuneracionales y todo descuento futuro, ya sea por sí o a través de terceros; el reintegro total y efectivo de los montos indebidamente retenidos y los que eventualmente se practiquen durante la secuela del proceso, con costas. SEGUNDO: Que informó el abogado Matías Amigo García, en representación de la recurrida, Caja de Compensación Los Andes, solicitando el rechazo del recurso. En primer lugar, con fecha 13 de agosto de 2014, otorgó al Señor Luis Cortes Baltra la operación de crédito código 040208690-4, por un capital de $1.017.751.- a una tasa de 2.28%, pagadero en un plazo de 24 meses, con una cuota de $56.152.- cuyo primer vencimiento correspondió el 30 de septiembre de 2014. La mora se produce en las cuota

Fallo

Por estas consideraciones y atendido además lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, SE ACOGE, sin costas el recurso de protección deducido por Jorge Lena Salgado en representación de Luis Darío Cortés Baltra en contra de la Caja de Compensación de Asignación Familiar los Andes, y la Caja de Compensación de Asignación Familiar la Araucana, y en consecuencia se ordena a las recurridas abstenerse en lo sucesivo de efectuar o informar descuentos en las remuneraciones del recurrente, y la restitución del dinero descontado, debidamente reajustados, dentro de décimo día de ejecutoriada esta sentencia. Regístrese y comuníquese Rol 15.961-2022 (PROT).

Texto Completo (Preview)

Antofagasta, a veintidós de septiembre de dos mil veintidós. VISTOS: La comparecencia de Jorge Manuel Lena Salgado, abogado, en representación de Luis Darío Cortés Baltra, chileno, empleado, cédula de identidad N°10.969.840-7, domiciliado para estos efectos en calle Uribe N°636, oficina 803, comuna de Antofagasta, quien dedujo recurso de protección en contra de Caja de Compensación de Asignación

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