JUZGADO DE GARANTIA DE COQUIMBO

C/ MAXIMILIANO ALEXANDER CORTES ROJAS. DTE. M.P.

Rol

Fecha

22 de septiembre de 2022

Materia

HOMICIDIO. ART.391 Nº 2.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTOS: 1°) Que, atendido el mérito de los antecedentes y lo expuesto por los intervinientes en sus alegatos, esta Corte concluye que en esta etapa del proceso las declaraciones e informe de la Brigada de homicidios, constituyen antecedentes que justifican la existencia del delito formalizado, y permiten presumir fundadamente que el imputado MAXIMILIANO ALEXANDER CORTÉS ROJAS ha tenido participación en el, con lo que se acreditan los requisitos para ordenar la prisión preventiva contenidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal. 2°) Que, en cuanto a la concurrencia del requisito de la letra c) del referido artículo, a juicio de esta Corte la gravedad de la pena asignada al delito de homicidio calificado y el carácter de éste, atendido el bien jurídico afectado, son antecedentes calificados que permiten estimar que la libertad del imputado resulta peligrosa para la seguridad de la sociedad, y que, asimismo, las demás medidas cautelares personales son insuficientes para asegurarla. Y, visto lo dispuesto en los artículos 140, 358 y 360 del Código Procesal Penal, se CONFIRMA la resolución de catorce de septiembre de dos mil veintidós, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado MAXIMILIANO ALEXANDER CORTÉS ROJAS, por estimar que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. Con lo actuado, se pone término a la audiencia, firmando el Tribunal, actuando como ministro de fe el relator don Juan Pablo Torrijo Rojas. Devuélvase vía interconexión. Rol N°984-2022 Penal.-

Texto Completo (Preview)

La Serena, veintidós de septiembre de dos mil veintidós. Siendo las 09:26 horas, ante la Segunda Sala de esta Corte de Apelaciones presidida por la Ministro señora Marta Maldonado Navarro e integrada por el Ministro Titular señor Iván Corona Albornoz y el abogado integrante señor Enrique Labarca Cortes, se lleva a efecto audiencia para la vista del recurso de apelación interpuesto por la defensa,

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