SIN INFORMACION

COMUNIDAD EDIFICIO VISTAMAR / EMPRESA PORTUARIA DE VALPARAÍSO

Rol

Fecha

14 de septiembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

hechos aseverados por el actor se encuentran discutidos, precisando que la actividad de la recurrida se encuentra dentro de lo establecido en el Decreto Supremo 33 de 2008 del Ministerio de Transporte y Telecomunicacionales y la ley 19.542, de manera que en este orden de ideas se ajusta a la materia que se discute. Tercero: Encontrándose discutidos los hechos en esta acción, sale de la esfera proteccional, que busca reaccionar a actos anormales que priven, amenacen o perturben una garantía constitucional, que no es el caso. Por estas consideraciones Por estas consideraciones, lo establecido en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza el recurso de protección deducido por Comunidad Edificio Vistamar, contra Empresa Portuaria de Valparaíso. Regístrese, comuníquese, notifíquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-126090-2022.

Fundamentos

CONSIDERANDO: Primero: Recurre la comunidad Edificio Vista Mar, interpone el presente recuso de protección en contra de Empresa Portuaria Valparaíso, debido a que hace meses, se realizarían, operaciones de arrumadas, cargas, descargas y movimientos de lotes de cientos de conteiner durante las 24 horas del día, los 7 días de la semana, en un sector del borde costero de Valparaíso ubicado frente al lugar donde se emplaza dicha comunidad, señalan que dicha actividad afecta gravemente garantías constitucionales como la integridad física y psíquica, el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación y de su derecho de propiedad. Segundo: Del mérito de lo informado por la recurrida y lo expuesto por el abogado en audiencia, la totalidad de los hechos aseverados por el actor se encuentran discutidos, precisando que la actividad de la recurrida se encuentra dentro de lo establecido en el Decreto Supremo 33 de 2008 del Ministerio de Transporte y Telecomunicacionales y la ley 19.542, de manera que en este orden de ideas se ajusta a la materia que se discute. Tercero: Encontrándose discutidos los hechos en esta acción, sale de la esfera proteccional, que busca reaccionar a actos anormales que priven, amenacen o perturben una garantía constitucional, que no es el caso.

Fallo

Por estas consideraciones Por estas consideraciones, lo establecido en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza el recurso de protección deducido por Comunidad Edificio Vistamar, contra Empresa Portuaria de Valparaíso. Regístrese, comuníquese, notifíquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-126090-2022.

Texto Completo (Preview)

I.C.A. de Valparaíso Valparaíso, catorce de septiembre de dos mil veintidós. A folio 1, comparece Comunidad Edificio Vistamar, quien recurre de protección contra Empresa Portuaria de Valparaíso, por vulnerar las garantías constitucionales N° 1, 8 y 24 de la Constitución Política de la República. Señala que la Comunidad Edificio Vistamar se ubica en pleno barrio El Almendral. Se emplaza entre la

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