SIN INFORMACION

JUAN PULIDO YAÑEZ / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

14 de septiembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparecen los abogados Pablo Daniel Peñaloza Parra y Joaquín Andrés Contreras Roa quienes recurren de protección en favor de Juan Manuel Pulido Yánez, de nacionalidad venezolana, todos domiciliados para estos efectos en Serrano 379, Comuna Melipilla, Región Metropolitana, y en contra del Departamento de Extranjería y Migración, dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública de Chile, por no emitir pronunciamiento sobre su solicitud de nacionalización realizada el 29 de julio de 2021, omisión arbitraria e ilegal que conculca la garantía fundamental de igualdad ante la ley consagrada en el artículo 19 N° 2 de la Constitución Política de la República. Exponen que la recurrente, luego de obtener su visa de permanencia definitiva, solicitó el 29 de julio de 2021 su nacionalización por cumplir previamente todos los requisitos legales para su obtención. Agrega que fue notificado que debía subsanar documentos, otorgándole un plazo de 5 días hábiles para cumplir con lo requerido, lo que realizó el 19 de noviembre del mismo año y que, luego de ello, no ha recibido ninguna comunicación por parte del recurrido lo que la mantiene en una situación de preocupación e incertidumbre ante un trámite por demás demorado. Expresan que el acto recurrido tiene efectos permanentes por lo cual la presente acción constitucional ha sido ejercida dentro de plazo. Sostiene que la omisión es arbitraria e ilegal toda vez que a la fecha de interposición de su recurso habían transcurrido más de un año sin que la autoridad administrativa se pronunciara sobre la solicitud formulada, actuar que infringe lo dispuesto en los artículos 4, 7, 9 y 27 de la ley 19.880. Solicitan que se acoja el presente recurso ordenando al recurrido pronunciarse sobre la solicitud de nacionalización en cuestión, adoptando las providencias que sean necesarias para restablecer el imperio del derecho. Antes de la vista de la causa acompañó copia de resolución exenta No

Texto Completo (Preview)

CERTIFICO: Que se anunció, escuchó relación y alegó por el recurso el abogado señor Gonzalo Acevedo y contra el recurso la abogado señora Camila Cortés. San Miguel, 14 de septiembre de 2022. Mauricio Vergara Toro, Relator. (Hora de inicio 10:09 am. - hora de término 10:22 am). San Miguel, catorce de septiembre de dos mil veintidós. Proveyendo escrito folio 11: A lo principal: Téngase presente.

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