JUZGADO DE LETRAS DE LIMACHE

GARBARINO/CORPORACIÓN EDUCACIONAL IMPULSA

Rol

Fecha

14 de septiembre de 2022

Materia

PRESTACIONES

Resultado

RECHAZADA CON COSTAS

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Hechos

Visto y oídos: 1°.- Que don Jerónimo Rojas Bugueño, por la parte demandada, deduce recurso de nulidad en contra de la sentencia dictada por el Juzgado Laboral de Limache, con fecha 6 de julio último, por las causales de los artículos 477 y 478 letras d), y e) del Código del Trabajo, en forma subsidiaria, reclamando en forma principal infracción a los artículos 425 y 427 del Código del Trabajo, y en subsidio las causales del artículo 478 letras d) y e), solicitando la nulidad de la sentencia y del juicio oral determinando el estado procesal de la causa para su conocimiento ante tribunal no inhabilitado, y en su caso, de la sentencia dictándose la de reemplazo en los términos que solicita. Por la primera causal reclama infracción a los artículos 425 y 427 del Código del Trabajo, al no haberse firmado la sentencia por el juez que intervino en la audiencia del juicio oral. A través de las causales subsidiarias, solicita en primer lugar la nulidad por haberse negado el tribunal a incorporar la prueba documental ofrecida por medio de lectura y en relación con la tercera causal da por vulnerado el principio de la inmediación, luego analiza la falta de fundamentación y finalmente sostiene que no se analizó toda la prueba rendida. 2°.- En la defensa oral de su recurso sostiene los mismos argumentos pero no logra cumplir con la carga de demostrar los vicios que sostiene afectan a la sentencia, limitándose en su escrito, al análisis detallado de la prueba, sacando sus propias conclusiones, olvidando que esa tarea solo compete al Tribunal. 3°.- Que con relación a la primera causal, infracción de ley con influencia sustancial en lo dispositivo de la sentencia, corresponde advertir que las normas que da por infringidas son de carácter procesal, por ende carecen de la calidad de decisoria Litis que se exige para que prospere esta acción de nulidad. Consta de la sentencia que esta fue dictada por el Juez Sr. Jaime Díaz Astorga, quien participo en la audiencia de juicio oral, y

Fundamentos

considerandos noveno y siguientes de la sentencia en alzada. Y visto además lo dispuesto en los artículos 474, 477, 478 letras d) y e), 481 y 482 del Código del Trabajo, se rechaza, con costas, el recurso de nulidad deducido por don Jerónimo Rojas Bugueño, en representación de la demandada, en contra de la sentencia de 6 de julio último del Juzgado de Letras del Trabajo de Limache, la que no es nula. Acordada en cuanto a las costas, con el voto en contra del Ministro Sr. Mera, quien estuvo por no imponer dicha carga procesal. Regístrese y Comuníquese. Redacción del Ministro Sr. Martínez. No firman el Ministro señor Raúl Mera Muñoz y el Abogado Integrante señor Fabián Elorriaga De Bonis, no obstante haber concurrido a la vista de la causa y al acuerdo, por no integrar el día de hoy. N° Laboral - Cobranza-525-2022.

Texto Completo (Preview)

I.C.A. de Valparaíso Cgv Valparaíso, catorce de septiembre de dos mil veintidós. Visto y oídos: 1°.- Que don Jerónimo Rojas Bugueño, por la parte demandada, deduce recurso de nulidad en contra de la sentencia dictada por el Juzgado Laboral de Limache, con fecha 6 de julio último, por las causales de los artículos 477 y 478 letras d), y e) del Código del Trabajo, en forma subsidiaria, reclamando e

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