SIN INFORMACION

LEON/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES DE CHILE

Rol

Fecha

13 de septiembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE. PRIMERO: Que, comparecen don Mauricio Alejandro Saurines Barría y doña Judith Amelia Urzúa Arriaza, abogados, en favor de doña Carmen Raquel León Bowen, de nacionalidad venezolana, e interponen Acción de Protección de garantías constitucionales en contra del Departamento de Extranjería y Migración, dependiente del Ministerio del Interior, por la omisión ilegal y arbitraria por la falta de pronunciamiento respecto de la solicitud de permanencia definitiva, realizada con fecha 02 de septiembre de 2020, por conculcar dicha omisión el derecho fundamental de igualdad ante la ley, conforme lo preceptuado en el artículo 19 N° 2 de la Constitución Política de la República, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 27 de Ley 19.880. Afirman que desde que fue realizada su solicitud, ha transcurrido 1 año y 6 meses, y no recibido ninguna respuesta por parte de la recurrida, como tampoco algún tipo de requerimiento de antecedentes a acompañar, lo que la mantiene en una situación de preocupación e incertidumbre ante un trámite por demás demorado. Precisan que la última información la recibió con fecha 05 de diciembre de 2021, en que se le comunicó por Resolución Exenta N° 21234578, que avanzaba su solicitud al estado de “análisis resolutivo”. Refieren que cobra especial relevancia lo dispuesto en los artículos 4, 7, 9 y 27 de la Ley N° 19.880 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, destacando los artículos 7 y 27, al consagrar el Principio de celeridad, esto es, que el procedimiento sometido al criterio celeridad, se impulsará de oficio en todos sus trámites. Añade dicha norma, que las autoridades y funcionarios de los órganos de la Administración del Estado deberán actuar por propia iniciativa en la iniciación del procedimiento que se trate en su prosecución, haciendo expeditos los trámites que debe cumplir el expediente y removiendo todo obstáculo que pudiere afecta a su pronta y debida decisión. Asimismo, y

Fallo

Por estas consideraciones y atendido, además, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, se rechaza la acción constitucional de protección interpuesta por los abogados Mauricio Alejandro Saurines Barría y Judith Amelia Urzúa Arriaza en favor de Carmen Raquel León Bowen en contra del Departamento de Extranjería y Migración, hoy Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-1699-2022.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, trece de septiembre de dos mil veintidós. Al escrito de folio N°12, téngase presente. VISTO Y TENIENDO PRESENTE. PRIMERO: Que, comparecen don Mauricio Alejandro Saurines Barría y doña Judith Amelia Urzúa Arriaza, abogados, en favor de doña Carmen Raquel León Bowen, de nacionalidad venezolana, e interponen Acción de Protección de garantías constitucionales en contra del D

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