MAESTRE/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
13 de septiembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparecen los abogados José Manuel Sandoval Gómez y Patricio Antonio Valdivia Valdivia, en favor de Jorbelys Adriana Maestre Villasana, venezolana, y deducen recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión arbitraria e ilegal en que habría incurrido al no resolver oportunamente su petición de permanencia definitiva, lo que vulneraría el derecho que la Constitución Política de la República le reconoce y protege en el N° 2 del artículo 19. Alegan que la recurrente ingresó a territorio nacional con el propósito de establecerse y desarrollar su proyecto de vida en Chile. Manifiestan a continuación que la protegida con fecha 24 de noviembre de 2019 formuló la petición de permanencia definitiva ante la autoridad administrativa, sin embargo, habiendo transcurrido más de dos años y cuatro meses, el Servicio Nacional de Migraciones no ha dado respuesta a su solicitud. Denuncian como ilegal y arbitraria, en consecuencia, la omisión de la autoridad recurrida consistente en la tardanza de la Administración en pronunciarse respecto de la petición de permanencia definitiva. Arguyen que se infringe lo dispuesto en los artículos 4, 7, 9 y 27 de la Ley N°19.880 que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, destacando los artículos 7 y 27, que consagran el Principio de Celeridad. Piden se acoja el recurso y se ordene a la recurrida que se pronuncie sobre la solicitud de permanencia, adoptando las providencias necesarias para restablecer el imperio del Derecho. Segundo: Que al evacuar informe el Servicio Nacional de Migraciones expone que la presente acción ha perdido oportunidad. Explica que, la petición fue presentada con fecha 24 de noviembre de 2019 Refiere que mediante Resolución Exenta N° 8239, de 25 de enero de 2022, se otorgó a la recurrente permiso de permanencia definitiva. Añade que al haber emitido pronun
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales citadas, en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Corte Suprema sobre la materia, se rechaza, por haber perdido oportunidad, el recurso de protección deducido en favor de Jorbelys Adriana Maestre Villasana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese y comuníquese. N° 8629-2022.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, trece de septiembre de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparecen los abogados José Manuel Sandoval Gómez y Patricio Antonio Valdivia Valdivia, en favor de Jorbelys Adriana Maestre Villasana, venezolana, y deducen recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión arbitraria e ilegal en que habría incurrido a
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