SIN INFORMACION

MARTINEZ / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

13 de septiembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Visto: A folio 1, comparece Brando Javier Lugo Valera, deduciendo acción de protección a favor de doña Vanessa Carolina Martinez De De Freitas, venezolana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión ilegal y arbitraria en el pronunciamiento sobre la solicitud de permanencia definitiva, lo que estima vulnera la garantía constitucional establecida en el artículo 19 N° 2 de la Constitución Política de la República. Indica que la recurrente, ingresó al país como turista, estando dentro del país cambia su condición migratoria solicitando la permanencia definitiva con fecha 14 de marzo de 2021; sin embargo, a la fecha desconoce el estado actual de su solicitud. Por lo expuesto, solicita se acoja la presente acción, ordenando al recurrido que se pronuncie sobre la misma en el breve plazo posible, adoptando las providencias que sean necesarias para establecer el imperio del derecho. A folio 6, informa el Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo de la acción. Indica que, se ha dictado la Resolución Exenta N° 21389272, de fecha 8 de diciembre de 2021, del Servicio Nacional de Migraciones, en el que se aprueba el avance del estado de trámite de la solicitud de permanencia definitiva de la recurrente, señalando que se encuentra en Evaluación Intermedia, de conformidad a circular N° 12 de 24 de noviembre de 2021, del Servicio Nacional de Migraciones. En consecuencia, la recurrente mantiene situación migratoria regular en el país. A folio 7, se ordenó traer los autos en relación. 06-08-2021.ecurrente:a: 04-08-2021 como residente temporario,le. a la fecha,, para que remita copia de las cartolas bancarias dCON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO. Primero: Que, el asunto por el cual se solicita la adopción de medidas que restablezcan el imperio del derecho dice relación con la eventual omisión arbitraria o ilegal por parte de la recurrida, en el pronunciamiento sobre la solicitud de permanencia definitiva de la recurrente. Segundo: Que, por su part

Fallo

Por lo expuesto, solicita se acoja la presente acción, ordenando al recurrido que se pronuncie sobre la misma en el breve plazo posible, adoptando las providencias que sean necesarias para establecer el imperio del derecho. A folio 6, informa el Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo de la acción. Indica que, se ha dictado la Resolución Exenta N° 21389272, de fecha 8 de diciembre de 2021, del Servicio Nacional de Migraciones, en el que se aprueba el avance del estado de trámite de la solicitud de permanencia definitiva de la recurrente, señalando que se encuentra en Evaluación Intermedia, de conformidad a circular N° 12 de 24 de noviembre de 2021, del Servicio Nacional de Migraciones. En consecuencia, la recurrente mantiene situación migratoria regular en el país. A folio 7, se ordenó traer los autos en relación. 06-08-2021.ecurrente:a: 04-08-2021 como residente temporario,le. a la fecha,, para que remita copia de las cartolas bancarias dCON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO. Primero: Que, el asunto por el cual se solicita la adopción de medidas que restablezcan el imperio del derecho dice relación con la eventual omisión arbitraria o ilegal por parte de la recurrida, en el pronunciamiento sobre la solicitud de permanencia definitiva de la recurrente. Segundo: Que, por su parte, la recurrida solicitó el rechazo de este arbitrio, puesto que la solicitud de permanencia definitiva se encuentra actualmente en etapa de “evaluación intermedia”, manteniendo la acto

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C.A. de Valparaíso Valparaíso, trece de septiembre de dos mil veintidós. Visto: A folio 1, comparece Brando Javier Lugo Valera, deduciendo acción de protección a favor de doña Vanessa Carolina Martinez De De Freitas, venezolana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión ilegal y arbitraria en el pronunciamiento sobre la solicitud de permanencia definitiva, lo que estima vulner

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