SIN INFORMACION

LIZAMA/COMISION LIBERTAD CONDICIONAL 1 SEMESTRE 2022

Rol

Fecha

13 de septiembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA/COMUNICAR

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, el 07 de septiembre del presente año, comparece doña Paulina Robles Campos, Defensor Penal Público Penitenciario, cédula nacional de identidad Nº17.715.034-7, domiciliada en Carmen 752, oficina 1103, comuna de Curicó, interponiendo Recurso de Amparo en favor de JORGE ANDRÉS LIZAMA PEÑA, cédula nacional de identidad Nº17.511.340-1, quien actualmente cumple condena en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Curicó y, en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por la resolución que rechazó conceder la Libertad Condicional del amparado. Refiere que el señor Lizama Peña actualmente cumple condena de 3 años 1 días por el delito de tenencia ilegal de arma de fuego prohibida y municiones, y 541 días por el delito de tráfico de pequeñas cantidades de drogas, la cual inició el 04 de febrero de 2019, debiendo culminar el 31 de julio de 2023. En cuanto al tiempo mínimo, indica que se cumplió el 01 de febrero de 2022, afirmando que cuenta con más de cuatro bimestres de muy buena conducta. Indica que cumpliendo con los requisitos fue postulado a la libertad condicional, sin embargo, la recurrida rechazó su solicitud fundado en que no cumplía con lo dispuesto en el artículo 2° número 3 del Decreto Ley N°321, transcribiendo la resolución recurrida que, en extracto, indica que “(…)consta que el postulante presenta un nivel de riesgo de reincidencia medio, emergiendo como necesidades de intervención medias el área de pares, debido a que la mayor parte de su círculo social, corresponde a una vinculación a pares procriminales, consumo de alcohol y drogas, pues mantiene un consumo no problematizado de marihuana y el área de uso del tiempo libre debido a la escasa participación en actividades sociales que puedan depararle satisfacción y contribuir a un estilo de vida saludable. Se encuentra en intervención desde enero del presente año, las necesidades de intervención priorizadas son el área de pares, consumo de alcohol y drogas y uso d

Fundamentos

considerandos anteriores, esta Corte de Apelaciones considera que la Comisión obró dentro de la esfera de sus atribuciones legales y en base a los antecedentes personales del amparado. Por su parte, la negativa a otorgarle la libertad condicional se ajusta a los parámetros legales y reglamentarios, señalando la comisión que “el rechazo se fundó en que el amparado no cumplía con los requisitos señalados en la norma referida, por cuanto del informe Técnico de Postulación Psicosocial elaborado por Gendarmería de Chile, se desprende, que el postulante presenta un nivel de riesgo de reincidencia medio, emergiendo como necesidades de intervención medias el área de pares, debido a que la mayor parte de su círculo social, corresponde a una vinculación a pares procriminales, consumo de alcohol y drogas, pues mantiene un consumo no problematizado de marihuana y el área de uso del tiempo libre debido a la escasa participación en actividades sociales que puedan depararle satisfacción y contribuir a un estilo de vida saludable. Se encuentra en intervención desde enero del presente año, las necesidades de intervención priorizadas son el área de pares, consumo de alcohol y drogas y uso del tiempo libre”. De este modo, no existe un acto ilegal, atribuible a la Comisión referida, que afecte de manera indebida el derecho a la libertad personal y la seguridad individual del amparado.

Fallo

Por estas consideraciones, visto además lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, SE RECHAZA el recurso de amparo interpuesto por doña Paulina Robles Campos, en favor de JORGE ANDRÉS LIZAMA PEÑA, en contra de la resolución dictada por la Comisión de Libertad Condicional el 19 de abril del presente año. Regístrese y archívese en su oportunidad. Comuníquese por la vía más expedita. Rol 324-2022/Amparo.

Texto Completo (Preview)

Talca, trece de septiembre de dos mil veintidós. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, el 07 de septiembre del presente año, comparece doña Paulina Robles Campos, Defensor Penal Público Penitenciario, cédula nacional de identidad Nº17.715.034-7, domiciliada en Carmen 752, oficina 1103, comuna de Curicó, interponiendo Recurso de Amparo en favor de JORGE ANDRÉS LIZAMA PEÑA, cédula nacional de id

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