SIN INFORMACION

GODOY/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES DE CHILE

Rol

Fecha

13 de septiembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece don Hernán Eduardo Segura Molina, abogado, quien interpone acción de protección a nombre y en favor de Valeria Andreina Godoy Planas, venezolana, cédula de identidad para extranjeros temporal N° 26.440.929-2, en contra del Departamento de Extranjería y Migración dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública de Chile, por la omisión ilegal y arbitraria en el pronunciamiento sobre la solicitud de permanencia definitiva presentada el 13 de agosto de 2020. Señala que el 21 de agosto de 2021, se le informó por parte del Departamento de Extranjería y Migración, que debía subsanar su solicitud, sin especificar qué debía corregir o adicionar, a pesar de aquello envió nuevamente la imagen de su cédula ya incluida en su solicitud inicial. Refiere que el 5 de diciembre de 2021, se le informó que su petición ingresaba a etapa de evaluación intermedia y agrega que a la fecha de interposición del recurso de protección no ha existido una respuesta definitiva al respecto. Manifiesta que esta situación ha mantenido a la recurrente en una constante incertidumbre acerca de su permanencia en Chile y ha debido enfrentar diversos inconvenientes en su vida personal y laboral, puesto que no cuenta con su permanencia definitiva, afectando su derecho a la igualdad ante la ley en relación a otras personas en igual situación. Cita los artículos 4, 7, 9 y 27 de Ley N°19.880 que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado. Expresa que el artículo 7 de la citada ley, refiriéndose al principio de celeridad establece que las autoridades y funcionarios de los órganos de la Administración del Estado deberán actuar por propia iniciativa en la iniciación del procedimiento de que se trate y en su prosecución, haciendo expeditos los trámites que debe cumplir el expediente y removiendo todo obstáculo que pudiere afectar a su pronta y debida decisión. Asimi

Fallo

Por estas consideraciones y atendido, además, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se acoge, sin costas, la acción constitucional interpuesta en favor de Valeria Andreina Godoy Planas, en contra del Departamento de Extranjería y Migración dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública de Chile; y a objeto de restablecer el imperio del derecho, se ordena a la repartición pública recurrida, que dentro de un plazo de treinta días proceda a resolver, lo que en derecho corresponda, respecto de la solicitud de permanencia definitiva de la protegida. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-1720-2022.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, trece de septiembre de dos mil veintidós. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece don Hernán Eduardo Segura Molina, abogado, quien interpone acción de protección a nombre y en favor de Valeria Andreina Godoy Planas, venezolana, cédula de identidad para extranjeros temporal N° 26.440.929-2, en contra del Departamento de Extranjería y Migración dependiente del

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