SIN INFORMACION

MERCADO/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES DE CHILE

Rol

Fecha

13 de septiembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece don Claudio Quiroga Hinojosa quien interpone recurso de protección en nombre y a favor de doña Emily Katiuska Mercado Mendoza, de nacionalidad venezolana, cédula de identidad para extranjeros Nº 27.132.724-2, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la ilegal y arbitraria omisión de pronunciamiento sobre la solicitud de permanencia definitiva enviada el 4 de diciembre de 2020, adjuntando toda la documentación requerida para dicho trámite, transcurriendo más de seis meses a la fecha de interposición del recurso, sin que el Servicio recurrido haya pronunciado resolución alguna al respecto, demora que considera excesiva. Expresa que esa demora excesiva le ha traído perjuicios a la actora, señalando en detalle los inconvenientes que ha debido enfrentar por esta omisión. Se refiere latamente a la reglamentación de la permanencia definitiva. Sostiene que la intervención de la Administración, a través del Departamento de Extranjería y Migración, debe ceñirse en su actuación a los principios de celeridad, inexcusabilidad, conclusivo, contrariedad y economía procedimental. Cita los artículos 4, 7, 11, 14, 17, 41, 27 y 16 de la Ley N° 19.880. Asevera que la recurrida ha infringido la garantía constitucional de igualdad ante la ley consagrada en el artículo 19 N° 2 de la Constitución Política de la República, dándole a la recurrente un trato desigual con respecto a otros solicitantes a los que, encontrándose en iguales o menos favorables circunstancias, les fue otorgada la permanencia definitiva, en cambio la actora aún no ha obtenido respuesta a su solicitud. En virtud de lo expuesto, pide que se acoja la acción de protección y se ordene al recurrido resolver la solicitud de la recurrente y que cumplidos como han sido todos los extremos de la Ley de Extranjería y su Reglamento, se le otorgue sin más demora la permanencia definitiva solicitada o se adopten las medidas que la Ilustrísima Corte determine. SEGU

Fallo

Por estas consideraciones y atendido, además, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se acoge, sin costas, la acción constitucional interpuesta en favor de Emily Katiuska Mercado Mendoza, en contra del Servicio Nacional de Migraciones; y a objeto de restablecer el imperio del derecho, se ordena a la repartición pública recurrida, que dentro de un plazo de treinta días proceda a resolver, lo que en derecho corresponda, respecto de la solicitud de permanencia definitiva de la protegida. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-1801-2022.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, trece de septiembre de dos mil veintidós. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece don Claudio Quiroga Hinojosa quien interpone recurso de protección en nombre y a favor de doña Emily Katiuska Mercado Mendoza, de nacionalidad venezolana, cédula de identidad para extranjeros Nº 27.132.724-2, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la ilegal y arbit

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