ZEPEDA AGUILERA, ALEX /ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE MONTE PATRIA
Rol
Fecha
14 de septiembre de 2022
Materia
RECARGOS
Resultado
RECHAZADOS
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, se han interpuesto dos recursos de nulidad en contra de la sentencia definitiva dictada el día 29 de abril de 2022, pronunciada en juicio ordinario laboral en los autos Rit T-12-2021 seguidos ante el Primer Juzgado de Letras de Ovalle, la que acogió la demanda de despido injustificado presentada por don Alex Zepeda Aguilera en contra de la I. Municipalidad de Monte Patria, ordenando el pago de los rubros indicados en su parte resolutiva, habiéndose rechazado la denuncia de tutela de derechos fundamentales, así como lo peticionado en cuanto a la nulidad del despido y resarcimiento de daño moral y lucro cesante. SEGUNDO: Que el Abogado don Juan Andrés Concha Valenzuela, actuando a favor del actor, interpuso un recurso de nulidad fundando en diversas causales opuestas de manera subsidiaria. Primeramente, sostiene que el
Fallo
fallo impugnado acertadamente concedió la demanda de despido injustificado, las indemnizaciones subsecuentes a tal declaración, así como el concepto del feriado proporcional; con lo que sostiene que no tiene reparo, indicando que el recurso que intenta tiene por finalidad revertir la decisión de rechazo de la denuncia de tutela de derechos fundamentales. Como primer motivo de nulidad plantea la causal de dictación de la sentencia definitiva con infracción de ley de influencia sustantiva en lo dispositivo del fallo, establecida en el artículo 477 del Código del Trabajo, indicando que la norma vulnerada es el artículo 493 del mismo cuerpo legal. Sostiene que su parte acompañó diversos medios de prueba que han constituido indicios y probanzas respecto de la discriminación arbitraria que fuera denunciada, los cuales describe, refutando la falta de aplicación del señalado artículo 493, respecto del cual además sostiene que no se trata de una mera norma adjetiva, sino que de fondo. Por otra parte, refiere que el fallo adolece de falta de fundamentación y argumentación en cuanto a no haber dado aplicación a la ya citada norma legal. Expresa que de haberse aplicado correctamente dicho artículo del estatuto laboral se debiera haber acogido la denuncia de tutela de derechos fundamentales, pues la sentencia definitiva de la instancia de forma inmotivada ha indicado que los indicios no fueron suficientes a tal efecto, pero concluye que los motivos para haberse procedido al despido no
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Zepeda Aguilera, Alex Ramiro I.Municipalidad de Monte Patria Tutela Laboral (Daño Moral, despido injustificado y otros) Rol 154-2022 Laboral (T-12-2021 1° Juzgado de Letras de Ovalle) La Serena, catorce de septiembre de dos mil veintidós. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, se han interpuesto dos recursos de nulidad en contra de la sentencia definitiva dictada el día 29 de abril de 2022, pronunc
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