M.P C/ CARLOS ANIBAL DONOSO ABARCA. QTE.: TELEFONICA DE CHILE S.A.
Rol
Fecha
13 de septiembre de 2022
Materia
ROBO EN BIENES NACIONALES DE USO PUBLICO. ART. 443.
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que del mérito de los antecedentes aparece que se encuentran suficientemente justificados en este estadio procesal los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal. Asimismo esta Corte estima que la libertad del imputado Carlos Aníbal Donoso Abarca constituye un peligro para la seguridad de la sociedad de conformidad con lo previsto en el artículo 140 letra c) del Código Procesal Penal, atendida la naturaleza del delito por el cual se encuentra formalizada la investigación, forma de comisión y existencia de múltiples cautelares vigentes por delitos de la misma especie, lo que hace insuficiente medidas cautelares de menor intensidad. Y de conformidad, además con lo dispuesto en los artículos 352 y 370 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada dictada en audiencia de nueve de septiembre del año en curso por la señora Juez del Juzgado de Garantía de Talagante, que sustituyó la prisión preventiva por otras cautelares del artículo 155 del Código del ramo, y se declara que se mantiene la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Carlos Aníbal Donoso Abarca. El señor juez a quo deberá disponer las medidas pertinentes para dar cumplimiento a lo ordenado. Comuníquese vía interconexión. N° 2523-2022 Penal
Fallo
se declara que se mantiene la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Carlos Aníbal Donoso Abarca. El señor juez a quo deberá disponer las medidas pertinentes para dar cumplimiento a lo ordenado. Comuníquese vía interconexión. N° 2523-2022 Penal
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San Miguel, trece de septiembre de dos mil veintidós. Segunda Sala Zoom Rol: 2523-2022-PENAL RUC: 2200665909-1 RIT: 2520-2022 Tribunal: JUZGADO DE GARANTÍA DE TALAGANTE Ministro de fe: Florencia Sáez Bugmann Digitadora: Carolina Orellana Medina Querellante: Macarena Auger Elissalde Defensor: Pedro Narváez Candias Hora de inicio: 09:14 horas Hora de término: 09:30 horas Imputado: M.P C/CARLOS ANIB
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