RIVERA / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
14 de septiembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTO: A folio 1, se interpone recurso de protección en favor de doña Genny Lucia Mera Arteaga, cédula de identidad para extranjeros Nro. 26.183.333-6; Jeremy Alexander Rivera Mera, cedula de identidad para extranjeros Nro. 25.999.546-9 y Kenneth Jordy Rivera Mera, cédula de identidad para extranjeros Nro. 25.999.630-9, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión ilegal y arbitraria en el pronunciamiento sobre la solicitudes de permanencias definitivas, realizadas con fechas 17 de febrero de 2020 y en el caso de los menores de edad en fecha 18 de noviembre de 2020 por impedir dicha omisión el principio de igualdad ante la ley, conforme lo preceptuado en el artículo 19 número 2 de la Constitución Política de la República, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley 19.880. Solicita se ordene a la recurrida que emita pronunciamiento. A folio 17, se prescinde del informe de la recurrida Servicio Nacional de Migraciones y se ordenó traer los autos en relación. CON LO RELACIONADO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: En cuanto a los actores Jeremy Alexander Rivera Mera y Kenneth Jordy Rivera Mera: Que, atendido el mérito de los antecedentes, se advierte que los requerimientos de los actores tendientes a la obtención de su permanencia definitiva, han sufrido una dilación excesiva en su tramitación desde su fecha de inicio sin una resolución final, lo cual permite concluir que la autoridad administrativa ha infringido los artículos 7 y 27 de la Ley N°19.880 y, como consecuencia de aquello, lo dispuesto en la garantía constitucional del artículo 19 N° 2 de la Constitución Política de la República, al realizarse por un Órgano de la Administración del Estado, una discriminación arbitraria e ilegal en la tramitación de las solicitudes de permanencia definitiva de los recurrentes, en relación con el trato dispensado a otros interesados que en igual situación han podido tramitar sus solicitudes y obtener una decisión terminal, motivo por el cual se acogerá el presente arbitrio, cómo se dirá en lo resolutivo. En cuanto a la actora Genny Lucia Mera Arteaga: Que atendido lo señalado por el abogado de la recurrida en estrado, y del mérito de los antecedentes acompañados a folio 19, específicamente Resolución Exenta N°105977 de 25 de agosto de 2021, que rechazó la solicitud de permanencia definitiva y a su vez otorgó visación de residencia temporaria a la extranjera, se desprende que no existe a la fecha acto que enmendar por la presente acción, atendido que la recurrida emitió pronunciamiento, motivo suficiente para rechazar el recurso, por haber perdido oportunidad.
Fallo
Por estas consideraciones y lo establecido en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se acoge el recurso de protección de folio 1, solo en cuanto el Servicio Nacional de Migraciones deberá dentro del plazo de sesenta días hábiles, concluir la tramitación y emitir pronunciamiento, como en derecho corresponda, sobre las solicitudes de permanencia definitiva presentadas por los actores Jeremy Alexander Rivera Mera y Kenneth Jordy Rivera Mera, rechazándose respecto de Genny Lucia Mera Arteaga. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-115214-2022.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso Valparaíso, catorce de septiembre de dos mil veintidós. VISTO: A folio 1, se interpone recurso de protección en favor de doña Genny Lucia Mera Arteaga, cédula de identidad para extranjeros Nro. 26.183.333-6; Jeremy Alexander Rivera Mera, cedula de identidad para extranjeros Nro. 25.999.546-9 y Kenneth Jordy Rivera Mera, cédula de identidad para extranjeros Nro. 25.999.630-9, en
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