LENA/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
12 de septiembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO: PRIMERO: Que, el 7 de julio del presente año comparece don Jorge Lena Salgado, abogado, cédula de identidad nacional N° 15.371.915-2, domiciliado para estos efectos en Avenida Pajaritos 3195, oficina 1104, comuna de Maipú, interponiendo recurso de protección a favor de don ALEJANDRO CHANEL LÓPEZ AMEZ, Peruano, número de pasaporte 118501631, de su mismo domicilio, en contra del SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES, representado legalmente por don Luis Eduardo Thayer Correa, cédula nacional de identidad N° 12.627.882-9, por la omisión ilegal y arbitraria en el pronunciamiento sobre la solicitud de regularización migratoria, realizada bajo el número de solicitud N.º 34895551 de fecha 22 de noviembre de 2021, hecho que vulnera la garantía establecida en el artículo 19 N°2 de la Carta Fundamental. Refiere el recurrente, en síntesis, que es peruano y en razón de establecerse, trabajar y desarrollar un proyecto de vida en nuestra nación, decidió cambiar su condición migratoria, iniciando el proceso de solicitud de regularización migratoria. Sin perjuicio de lo enunciado, han transcurrido 7 meses, sin que a la fecha se haya resuelto su solicitud, el recurrente tampoco ha recibido información por parte del recurrido y no ha podido consultar el estado de trámite de su solicitud, ya que no existe una opción habilitada en el portal web del Servicio Nacional de Migraciones para hacer ese tipo de consultas, esta situación lo ha mantenido en una constante preocupación e incertidumbre, dicha demora implica una inestabilidad emocional y un estado de indefensión. En el apartado del derecho cita lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley N°19.880, razonando que establece una obligación para los órganos de la administración del Estado, en lo pertinente a la tramitación de un procedimiento administrativo. Sobre el acaecimiento de un caso fortuito o fuerza mayor, afirma que no basta la sola concurrencia de éstos, sino que el jefe Superior del Servicio debe dictar una resolución o acto a
Fundamentos
considerando que han transcurrido más de 7 meses a la fecha de interposición del recurso. CUARTO: Que, tal como se desprende indubitadamente del documento acompañado por la recurrida a folio N°13, consistente en Resolución Exenta N° 22395123 de 5 de septiembre de 2022, ésta ya ha emitido el pronunciamiento impetrado en la presente acción constitucional y, en razón de ello, ésta ha perdido toda oportunidad no observándose, en la actualidad, vulneración alguna de las garantías aludidas por la recurrente, elementos todos que, en su conjunto, conducen a desestimar el arbitrio en estudio. En efecto, en la aludida resolución se resolvió regularizar la permanencia en el país del extranjero Alejandro Chanel López Amez, otorgándosele visa de residencia temporaria por el periodo de 1 año en condición de titular.
Fallo
Por estas consideraciones, lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República, Decreto Supremo N°597 de 1984; Ley N°19.880 y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación de Recursos de Protección de Garantías Constitucionales, SE RECHAZA, sin costas, el recurso de protección deducido por don Jorge Lena Salgado, a favor de ALEJANDRO CHANEL LÓPEZ AMEZ, y en contra del SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES, por haber perdido oportunidad. Regístrese y archívese, en su oportunidad. Rol N°7636-2022/Protección.-
Texto Completo (Preview)
Talca, doce de septiembre de dos mil veintidós. VISTO: PRIMERO: Que, el 7 de julio del presente año comparece don Jorge Lena Salgado, abogado, cédula de identidad nacional N° 15.371.915-2, domiciliado para estos efectos en Avenida Pajaritos 3195, oficina 1104, comuna de Maipú, interponiendo recurso de protección a favor de don ALEJANDRO CHANEL LÓPEZ AMEZ, Peruano, número de pasaporte 118501631, de
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica