ANONIMIZADO
Rol
Fecha
12 de septiembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INCOMPETENCIA
Hechos
VISTOS: 1.- Que constando del libelo que el domicilio del recurrente y recurrido corresponde a la ciudad de Temuco, Región Araucanía, perteneciente a la jurisdicción de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Temuco. 2.- Que según lo dispone el numeral 1° del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, “El recurso o acción de protección se interpondrá ante la Corte de Apelaciones en cuya jurisdicción se hubiere cometido el acto o incurrido en la omisión arbitraria o ilegal...
Texto Completo (Preview)
C.A. de Chillan /ANR Chillan, doce de septiembre de dos mil veintidós. Proveyendo el recurso de protección interpuesto, VISTOS: 1.- Que constando del libelo que el domicilio del recurrente y recurrido corresponde a la ciudad de Temuco, Región Araucanía, perteneciente a la jurisdicción de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Temuco. 2.- Que según lo dispone el numeral 1° del Auto Acordado de la E
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