2° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

ARELLANO/FISCO **

Rol

Fecha

12 de septiembre de 2022

Materia

OTRAS INDEMNIZACIONES (ESPECIFICÁNDOLA)

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: Por sentencia de siete de marzo de dos mil veintidós, dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT T-578-2019, se acogió, sin costas, la acción de tutela laboral de derechos fundamentales interpuesta por doña Pilar Arellano Gómez en contra del Tribunal Constitucional y el Fisco de Chile, declarando que el demandado Tribunal Constitucional ha vulnerado el derecho fundamental a la no discriminación por salud y el derecho fundamental a la integridad psíquica de la demandante, con ocasión de su despido o cesación en el cargo; condenando al Fisco de Chile a pagar a la actora la indemnización especial de 11 de remuneraciones, por un total de $73.902.675. Asimismo, se ordena como reparación en naturaleza, que la sentencia sea remitida por correo electrónico a todos y todas quienes desempeñen algún cargo a cualquier título en el Tribunal Constitucional. En el caso de los Ministros y Ministras de ese Tribunal, deberá informarse el resultado de esta acción constitucional laboral en una sesión de Pleno, haciéndose entrega material y enviándose por correo electrónico institucional la sentencia, previo a ese Pleno. Respecto de los Ministros y Ministras que participaron en la sesión de Pleno de 24 de enero de 2019 en que se decidió la destitución de la demandante y que a la época de cumplir la sentencia ya no formaran parte del Tribunal Constitucional, deberá remitírseles la sentencia a sus domicilios y por correo electrónico. Todo lo anterior deberá ser cumplido por el Secretario o Secretaria de ese Tribunal, dentro de 15 días de encontrarse esa sentencia firme y ejecutoriada, y darse cuenta a ese Tribunal laboral acompañando los registros respectivos, dentro de quinto día de ejecutado. Además, se rechazó la acción de indemnización de daño moral y lucro cesante y ordena que se remita copia de la sentencia a la Dirección del Trabajo. Contra dicha sentencia, la parte demandada interpuso recurso de nulidad, señalando que en cuanto al

Fundamentos

Considerando: Primero: Que conviene precisar que doña Pilar Arellano Gómez ex Relatora del Tribunal Constitucional denunció a dicho Tribunal y al Fisco de Chile por tutela de derechos fundamentales y solicitó que

Fallo

fallo por haber incurrido en la causal del artículo 478 letra e), esto es, por omisión del análisis de toda la prueba rendida, desarrollada en los capítulos III.1 y IV del recurso; procediendo a dictar sentencia de reemplazo que, analizando los medios de prueba omitidos y exponiendo el razonamiento debido, niegue lugar a la demanda en todas sus partes, con costas. Ello, por haberse explicado, por parte del Tribunal Constitucional, el fundamento de la medida adoptada y su proporcionalidad. Y, además, por no haber sido acreditada la vulneración de la integridad psíquica durante la relación laboral-estatutaria por sobrecarga y hostilidad. 2) En subsidio, que se anula el fallo por haber incurrido en la causal del artículo 477, es decir, infracción de ley, procediendo a dictar sentencia de reemplazo que, aplicando correctamente las normas explicadas en el capítulo III.2 del recurso, niegue lugar a la demanda en todas sus partes, con costas, por no existir indicios de despido discriminatorio. Declarado admisible el recurso se procedió a su conocimiento en la audiencia del día uno de julio último, oportunidad en que alegaron los abogados de ambas partes. Considerando: Primero: Que conviene precisar que doña Pilar Arellano Gómez ex Relatora del Tribunal Constitucional denunció a dicho Tribunal y al Fisco de Chile por tutela de derechos fundamentales y solicitó que se declarase que fue vulnerada en su derecho a la no discriminación y a la integridad física y psíquica con ocasión del

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C.A. de Santiago Santiago, doce de septiembre de dos mil veintidós. Vistos: Por sentencia de siete de marzo de dos mil veintidós, dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT T-578-2019, se acogió, sin costas, la acción de tutela laboral de derechos fundamentales interpuesta por doña Pilar Arellano Gómez en contra del Tribunal Constitucional y el Fisco de Chi

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