TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE ARICA

MINISTERIO PUBLICO C/ SEBASTIAN IGNACIO VALDEBENITO URRUTIA

Rol

Fecha

9 de septiembre de 2022

Materia

LESIONES GRAVES . ART. 397 Nº2.

Resultado

ABANDONADO RECURSO

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Hechos

VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes, en cuanto a que el abogado de la parte recurrente no compareció a la presente audiencia, de conformidad a lo que dispone el inciso segundo del artículo 358 del Código Procesal Penal, se declara abandonado el recurso de nulidad interpuesto por el Defensor Penal Privado don Gustavo Zeballos Salgado, en representación de Sebastián Ignacio Valdebenito Urrutia, en contra de la sentencia de veintidós de diciembre del año dos mil veintiuno, dictada en la causa RIT 306-2021, RUC 2001084873-4 del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de esta ciudad. Acordada con el voto en contra del Ministro Sr. Zavala, quien fue de opinión de fijar una nueva audiencia para la revisión del presente recurso, habida consideración que, lo que dispone el inciso segundo del artículo 358 del Código Procesal Penal, debe ceder antes una norma de mayor jerarquía, como es el inciso segundo del artículo 5 de la Constitución Política de la República, que hace aplicable en la especie, lo que dispone la letra h), del número segundo, del artículo octavo, de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en cuanto se consagra el derecho sustancial que emana de la naturaleza humana, de recurrir del fallo ante el Tribunal superior, sobre todo teniendo en cuenta que el acusado fue condenado a una pena privativa de libertad, sin opción de optar a una pena alternativa, ergo, correspondía oficiar a la Defensoría Penal Pública de esta ciudad, para efectos de que asumiera una debida defensa, en la audiencia que se fijaría, en cumplimiento asimismo, de los derechos humanos del ahora condenado, consagrados en la misma disposición constitucional. Comuníquese vía interconexión. Rol N° 433-2022 Penal.

Fallo

se declara abandonado el recurso de nulidad interpuesto por el Defensor Penal Privado don Gustavo Zeballos Salgado, en representación de Sebastián Ignacio Valdebenito Urrutia, en contra de la sentencia de veintidós de diciembre del año dos mil veintiuno, dictada en la causa RIT 306-2021, RUC 2001084873-4 del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de esta ciudad. Acordada con el voto en contra del Ministro Sr. Zavala, quien fue de opinión de fijar una nueva audiencia para la revisión del presente recurso, habida consideración que, lo que dispone el inciso segundo del artículo 358 del Código Procesal Penal, debe ceder antes una norma de mayor jerarquía, como es el inciso segundo del artículo 5 de la Constitución Política de la República, que hace aplicable en la especie, lo que dispone la letra h), del número segundo, del artículo octavo, de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en cuanto se consagra el derecho sustancial que emana de la naturaleza humana, de recurrir del fallo ante el Tribunal superior, sobre todo teniendo en cuenta que el acusado fue condenado a una pena privativa de libertad, sin opción de optar a una pena alternativa, ergo, correspondía oficiar a la Defensoría Penal Pública de esta ciudad, para efectos de que asumiera una debida defensa, en la audiencia que se fijaría, en cumplimiento asimismo, de los derechos humanos del ahora condenado, consagrados en la misma disposición constitucional. Comuníquese vía interconexión. Rol N° 433-2022 Penal.

Texto Completo (Preview)

Arica, nueve de septiembre de dos mil veintidós. VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes, en cuanto a que el abogado de la parte recurrente no compareció a la presente audiencia, de conformidad a lo que dispone el inciso segundo del artículo 358 del Código Procesal Penal, se declara abandonado el recurso de nulidad interpuesto por el Defensor Penal Privado don Gustavo Zeballos Salgado, en r

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