SIN INFORMACION

COLLADO / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

9 de septiembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos: A folio uno, se deduce recurso de protección en favor de María de los Ángeles Collado Rodríguez, de nacionalidad dominicana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión ilegal y arbitraria en el pronunciamiento sobre dos solicitud de permanencia definitiva requeridas con fecha 2 de abril de 2019 y 4 de octubre de 2021. Arguye que dicha omisión vulnera sus garantías fundamentales consagradas en el artículo 19 N°1, 2, 9 inciso final y 24 de la Constitución Política de la República y lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley N°19.880. Pide que se ordene a la recurrida que se pronuncie sobre la petición del recurrente. A folio diez, se evacua informe en representación del Servicio Nacional de Migraciones, manifestando que con fecha 13 de junio de 2017, mediante la resolución exenta N 14722, se otorgó el beneficio migratorio de permanencia definitiva, que le fue notificado con fecha 30 de agosto de 2017, por lo que la acción de protección ha perdido oportunidad, solicitando el rechazo del recurso. A folio once, se trajeron los autos en relación. Con lo relacionado y

Fundamentos

considerando: Primero: Que, el asunto por el cual se solicita la adopción de medidas que restablezcan el imperio del derecho dice relación con la eventual omisión arbitraria o ilegal por parte de la recurrida, en el pronunciamiento sobre la solicitud de regularización migratoria. Segundo: Que, por su parte, la recurrida informó que mediante resolución N° 147.122 de fecha trece de junio de dos mil diecisiete, se le otorgó el beneficio migratorio de la permanencia definitiva a la recurrente María de Los Ángeles Collado Rodríguez. Tercero: Que, en atención a lo que ha sido informado por la autoridad, en razón que con fecha trece de junio de dos mil diecisiete se ha regularizado la permanencia en el país de la recurrente, es que no existe la vulneración alegada, por lo que el recurso deberá ser rechazado.

Fallo

Por estas consideraciones y conforme con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, se rechaza, sin costas, la acción de protección interpuesta en favor de don María de los Ángeles Collado Rodríguez en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Acordada en cuanto a las costas con el voto en contra de la Ministra Sra. Eliana Quezada Muñoz, quien estuvo por imponer la referida carga procesal a los abogados patrocinantes de la acción, teniendo presente lo dispuesto en el artículo 11 del Autoacordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del recurso de protección. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. No sujeta a anonimización. N°Protección-117719-2022. En Valparaíso, nueve de septiembre de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

edp C.A. de Valparaíso. Valparaíso, nueve de septiembre de dos mil veintidós. Vistos: A folio uno, se deduce recurso de protección en favor de María de los Ángeles Collado Rodríguez, de nacionalidad dominicana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión ilegal y arbitraria en el pronunciamiento sobre dos solicitud de permanencia definitiva requeridas con fecha 2 de abril de 201

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